Buenos dias;
Somos dos hermanos cuya madre en situación de viudedad ha fallecido recientemente, en regimen gananciales existen viviendas, nuestro padre falleció en 1994 y no se hizo el correspondiente impuesto de sucesiones ni escritura de sociedad de gananciales.
Mi pregunta es:
Podemos hacer la correspondiente sociedad de gananciales, directamente con los bienes existentes.
No influye para nada el no haber hecho el correspondiente reparto en 1994.
Gracias por la información que pueda recibir.
La sociedad de gananciales quedó disuelta en 1994, con la muerte de su padre. Pueden hacer una sola escritura en la que se recojan las dos herencias, de su padre y de su madre respectivamente, y consolidar una sola vivienda que se divida entre los hermanos. No tiene ninguna trascendencia que hagan ahora la herencia de su padre. Posiblemente, además, si tiene que pagar impuestos estén prescritos.