Quisiera saber si es posible añadir una claúsula al testamento que obligue a que un piso de los testamentarios se venda y lo que se reparta entre los hijos sea el dinero, no el piso. Lo pregunto porque he oído casos en los que uno de los hermanos que se ha quedado a vivir temporalmente en un piso, propiedad de sus padres, cuando éstos mueren no quiere abandonar la vivienda ni dar permiso para su venta, con lo cual el resto de hermanos no pueden disfrutar de su parte de la herencia, aún cuando les haga más falta que a él. Es posible evitar estos comportamientos de algunos hijos caraduras? Que hay que hacer para que sea legalmente efectivo? Muchas gracias
Aunque recibas un piso en herencia en copropiedad con tus hermanos no se puede obligar a una persona a manterer la indivisión, o sea que es obligatorio vender y si no se ponen de acuerdo en el precio se acude a la publica subasta que lo peor porque el piso se adjudicará por menos dinero.
En cuanto a las clausulas en el testamento supongo que se puede poner pero no veo que sea necesario ya que se puede acudir al procedimiento de "division de la cosa comun".