Buenos días: se trata de un matrimonio catalan con una hija no comun, el heredero universal en testamento es el marido y después la hija de la fallecida que tiene el 25% de la legitima. Problema: existe un piso en la que vive la hija a nombre de la fallecida que sólo pagó la entrada de la vivienda. El resto de letras están pagadas por la hija que guarda copia de los pagos . ¿Se tiene que computar como perteneciente a la legitima el piso íntegro o sólo la paga y señal de la fallecida?