Hola Schezlaf. Gracias por contestar a mi escrito.
He ido a Notaría, he hablado con la persona al que entregue toda la documentación. Le he preguntado si el Notario tenía potestad para hacer el escrito que usted me a aconsejado. Y me ha dicho que el Notario no tiene que nada de eso. Que lo mejor es que contratemos abogado y procurador. Que es la única solución para poder dar solución al problema. No entiendo como es posible este oficial de Notaría no sepa que el Notario puede notificar al heredero no presentado e instarle a que acepte o repudie la herencia.?
Hablaré personalmente con el, y espero que su contestación no sea igual a la persona que me ha atendido..
Gracias de nuevo. Saludos.
Buenas tardes Karios. Usted tiene que pedir al notario que tramite el expediente de interpellatio in iure, el cual requerirá a su hermano para que en un plazo de 30 días se pronuncie sobre si acepta la herencia, pura o a beneficio de inventario, o la repudia, apercibiéndole que si no dice nada se tendrá por aceptada la herencia.
Hola :
Al morir mi madre en febrero del pasado año, reuní toda la documentación necesaria y la entregue en Notaría donde mis padres hicieron su testamento. Pasaron seis meses, y solo uno de mis dis hermanos se presento. El otro vive fuera, y no se ha puesto en contacto ni con notaría, ni con nosotros. Pero un tiempo después, contrato un abogado para le representará. Y este se puso en contacto con otro de mi ciudad para que le representará. Ha pasado un año, y no sabemos nada de nadie. Tengo interés en saber que e de hacer para que el Notario haga lectura del testamento. O, obligue al heredero ausente a aceptar o rechazar la herencia? Gracias, saludos. Karios.
No pueden poner unas medidas cautelares un juez y que les prohíba alquilar la casa? Por que todos sabemos como va la ley. La alquilan y cuando se empadronen ahí gente en esa casa tiene más derechos que quien la herede y a ver como los echas luego
Aún estamos sin hacer la testamentaria después de casi dos años de la muerte del primero!!! La albacea no ha movido ni un dedo y eso que este año terminan los dos años que fue nombrada. Es abogado el albacea. Que pasara ahora? Cuando termine ese periodo?
Tramite el testamento de los bisabuelos de sus hijos, inscriba esas propiedades y después ocúpese de la cuestión posesoria. Por ahora, lo principal es ejecutar los dos capítulos sucesorios de los respectivos bisabuelos, y después ya, como propietarios, se verá lo del alquiler.
Buenas tardes. Tengo dos niños que heredaron según testamento del abuelo y bisabuela y aún no está resuelto. El padre y tío de mis hijos están desheredados. Ahora ha muerto el bisabuelo que era el único que quedaba vivo. Mis preguntas son : Puede alguien poseer las viviendas que aún están sin adjudicar, alquilar o vender lo que tengan dentro de ellas? Es ahora más fácil tramitar los tres testamentos porque no hay usufructo? Gracias por leerlo y espero un rallito de luz que me ayude