Falleció mi abuelo, y heredamos los hermanos de mi padre y yo (yo por sustitución de mi padre). Al recibir la herencia, mi abuela nos dió el usufructo que la correspondía más sus bienes privativos. Un hermano de mi padre se encargó de realizar toda la gestión, y el problema es que los bienes privativos de mi abuela los escrituró como si fuesen de mi abuelo. A mi concretamente, me tocó un chamizo que pertenecía a mi abuela. Entonces, ¿Cómo me puede afectar a mí a la hora de vender, edificar, arreglar... dicho chamizo al verse que no es de procedencia de mi abuelo?