Hola, a ver si me pueden orientar. Mis padres eran el primer matrimonio, tienen 2 hijas, al poco se separan, que no divorcian, mi padre se va de casa, mi madre compra la casa familiar, la registra a su nombre y la hipoteca también, ( en el registro aparece pleno dominio de mi madre, que está casada presuntivamente en gananciales). Al año muere mi madre, siendo yo y mi hermana menores de edad, mi madre no deja testamento, mi padre se muda a la vivienda familiar y se empadrona, se hace declaratoria de herederos, pero mi padre nunca nos permite realizar aceptación. A los años mi padre se casa y tiene una hija y siguen disfrutando de la casa, mi padre fallece hace 6 meses, no deja testamento, se hace declaratoria de herederos. Según me comenta el Notario, hay que hacer inventario de bienes y aceptación primero de (mi madre) y luego de (mi padre). Mi duda es. De la vivienda, ¿ Le correspondía a mi padre en su momento la mitad aun estando separados? y por ende ¿ a la viuda le toca el usufructo de esta vivienda? ¿ y mi hermanastra tiene algún derecho? ¿ que derechos tenemos yo y mi hermana sobre los bienes de mi madre y mi padre?
Al separarse se pone fin a la sociedad de gananciales. Se liquidara o no (entiendo que sí) dices que la vivienda la compró tu madre. Por tanto es privativa. Al fallecer esta es vuestra, pero siendo vuestro progenitor y la vivienda familiar lógicamente puede vivir en ella, pero la vivienda es de tu madre, y de los herederos de tu madre que sin testamento sois vosotras. A la hija del otro matrimonio y a la viuda no les corresponde nada que fuera de tu madre, incluyendo ese vivienda. De los bienes que tuviera tu padre (entre los cuales no está esa vivienda) os corresponderá 1/3 a cada hija (de ambos matrimonios) y parte del usufructo a la viuda, pero lo dicho, de SUS bienes (tras liquidar los gananciales si los tenían), no de los de tu madre.