Mis abuelos estaban casados en gananciales, tienen tres hijos dos viven y uno fallece (mi padre), en primer lugar fallece mi abuela y en su testamento deja el usufructo universal y vitalicio de todos sus bienes a su marido, ahora a fallecido mi abuelo y hemos solicitado las ultimas voluntades de mi abuelo, en las que al parecer ha dejado todo a un solo heredero, que creemos es uno de sus tres hijos.
Mi pregunta es la siguiente.
¿ La parte legitima de los hijos en herencia la perdemos, al haber solo un beneficiario en las ultimas voluntades?
Si nos corresponde la herencia legitima, como entiendo, el cincuenta por ciento de las propiedades que tenian, eran de mi abuela que no benificio a nadie en particular, ¿tengo que calcular que la parte de mi abuela es a repartir entre tres hijos? ¿ y del 50% de la parte de mi abuelo dos partes para el que ha beneficiado y un tercio para repartir entre los tres hijos?
Muchas gracias
Vayamos por partes. Tu abuelo era USUFRUCTUARIO, no dueño, de los bienes de tu abuela, por ello, esos bienes pasan a los tres hijos a partes iguales. Tu abuelo solo puede disponer en su testamento de SUS BIENES, no de ningun usufructo.
En cuanto a los bienes de tu abuelo, al dejar como único heredero a uno de sus tres hijos, a los otros dos les corresponden el 11% a cada un de la herencia, que es la legítima del 33% dividida en tres hijos.
Por lo tanto, os corresponde, por un lado, el 33% de los bienes de tu abuela, y por otro, el 11% de los bienes de tu abuelo.
Es necesario conocer la vecindad civil de tu abuelo, pues el derecho a aplicar puede ser diferente.
Y también es necesario conocer los términos del testamento de tu abuela.
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Buenas tardes a todos:
Mi duda es la siguiente....Mi padre tiene una vivienda escriturada solo a su nombre,si decidiese venderla en vida a solo una de mis hermanas por un precio simbolico..digamos 1 euro, a la hora del fallecimiento de mi padre¿los demas hermanos tendriamos algun derecho sobre es vivienda?
CLARO, eso se considera una donacion por tanto a la hora de la herencia si la hubiera entraria en la mismas.
La otra es que no se puede vender simbolicamente por un euro, pues la Hacienda Autonomica, ya tiene tasado el valor de las propiedades, y vendria con las rebajas y con multa....
lea esta jurisprudencia:
"El contrato simulado se produce cuando no existe la causa que nominalmente se expresa, por responder a otra finalidad jurídica" (sts 1/07/1989). Por ejemplo si no se consigue acreditar la entrega real de un precio adecuado por el piso no puede hablarse de compraventa, es decir, no podemos vender el piso por un euro
- "La acción para obtener la nulidad radical de un negocio jurídico con causa ilícita por defraudar los derechos de un tercero, encubierta bajo una compraventa inexistente, es imprescriptible" (sts 23/10/2002). Es decir, el paso del tiempo no hace buena una donación disimulada mediante una compraventa, cuya nulidad puede ser declarada en cualquier momento
Gracias Antoniomajo............¿y si la vendiera de forma legal?o sea a mi hermana con el pago de impuestos y demas.....¿.y a un comprador que no fuera de la familia? ¿que pasaría con el dinero recibido de dicha venta?
Esa venta entraria en colacion con la futura herencia, vamos que es una forma de engañar a los herederos, por tanto la venta tiene truco......
Un padre no puede de alguna forma desehredar a unos hijlos con esa triquiñuela , con ese hijo preferido.....
Leer esa parte del Codigo Civil.....