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herencia internacional

4 Comentarios
 
15/06/2006 18:21
Por cierto, cada Estado tiene sus propias leyes de familia y fiscales. Tendrás que ensamblar esas piezas con la legislación civil y fiscal españolas.

Tendrás más entretenimiento, todavía, del que esperabas.

herencia
15/06/2006 16:15
PARA MINERVA: cómo me pone ese nombre...

- a lex artis ni puto caso, no tiene ni idea.
- sí pueden desde USA, pero es un poco coñazo.
- cógete dos certificados de defunción traducidos y apostillados, uno de cada fiambre.
- con ellos, pide el certificado de últimas voluntades (los impresos los venden en los estancos de tabaco, de paso, si me invitas a una cajetilla de marlboro te estaré agradecido).
- con el certificado de últimas voluntades verás si hay o no testamento en España.

A.- SÍ HAY TESTAMENTO ESPAÑOL.
- vas a un notario, pueden adjudicarse la herencia.

B.- NO HAY TESTAMENTO ESPAÑOL.
- obtiene el "probate" y la adjudicación de herencia (tradúcela al español y apostíllala).
- acudes a un notario en España y ha adjudicarse la herencia.

CONSEJO: píllate un abogado en España, porque es un auténtico coñazo todo el trámite.

PARA VENDER: es posible que los yankis te den un poder, tanto para adjudicarte los bienes, como para venderlos.

CURIOSIDAD: la Ley de Herencia Extranjeras no existe, no sé de dónde narices la ha sacado el compañero.

saludos
13/06/2006 17:38
Pienso que los tribunales españoles son competentes en materia de sucesiones, cuando el causante posea bienes inmuebles en España(art. 20 LOPJ); otra cosa es la ley aplicable, que será la ley personal del causante(art. 9 CC). Por tanto, sería necesario contratar un abogado en la localidad donde se encuentre el inmueble, para realizar los trámites necesarios. Un saludo
13/06/2006 15:17
Estimada capricornio:

He de informarte que según disposición 5ª, artículo 235 de la LHE, Ley de Herencias Extranjeras, Estados Unidos se encuentra en trámites de realizar el convenio con España para las aceptaciones de herencias, por lo que a día de hoy no existe arromuado el convenio hispano-norteamericano.

De este modo, un ciudadano estadounidense no puede heredar propiedades inmuebles en territorio español, aunque sí podría amortiguarlas.

Para realizar la figura de la amortiguación, te aconsejo que contactes con un Letrado de alguna localidad burgalesa de menos de 10.000 habitantes para que te pueda indicar con más criterio los pasos a dar.

Recibe un cordial saludo y mi más sentado pésame al finado.
Herencia internacional
13/06/2006 15:15
Quiero saber que tramites tienen que hacer unos familiares estado unidenses para poner el piso que tenian sus padres en España a su nombre,son dos hermanas ,su madre murio hace mas de 12 años y el padre ha fallecido este año,ellas viven en EE.UU y son norteamericanas,no tienen testamento.¿Se puede hacer desde EE.UU? ¿tiene que hacerlo aqui por estar en territorio español? ¿los tramites ,cuales son,que papeles hay que hacer y si se puden hacer aqui con poderes notariales?.Es posible que despues lo pusieran a la venta.¿Pueden venderlo sin cambiar la titularidad?