Mi tema es bastante complejo.
En el año 1996 falleció mi padre en Galicia, donde yo vivo. Estaba casado con nacional panameña en gananciales (mi madre, persona que siempre nos ha hecho la vida imposible a mi hermano y a mí), tenía doble nacionalidad él también, española y panameña pero su última residencia estuvo fijada en Barcelona y murió en Galicia.
He estado investigando y sé que actualmente cuento con una acción que todavía no ha prescrito (Acción de Petición de Herencia) y que ésta puede ser interpuesta en Cataluña por ser el último domicilio de mi padre.
Mi padre hizo testamento en Galicia en el año 1994 donde nos dejaba herederos universales a mi hermano y a mí pero tras una grave enfermedad, mi madre optó por hacérselo revocar en Panamá en 1995. Ella se ha quedado con todo y no hemos visto nada desde que mi padre falleció. Sé que el testamento posterior revoca al anterior se otorgue donde se otorgue, pero también sé que como mi padre falleció en España como español se aplica el derecho español aunque la mayoría de los bienes se hallen en Panamá. Aunque no vaya a recuperar nada, he tomado la decisión de demandarla y reclamar lo que es nuestro. ¿Voy bien encaminada?
¿Mi hermano tendría que ser legitimado activo junto conmigo o debe ser legitimado pasivo, y ser demandado junto con mi madre aunque sea en beneficio de él también?
Millones de gracias de antemano.
Por favor, si alguien sabe de herencias internacionales que me eche un cable por favor. Me encantaría dejar la demanda presentada antes de febrero.
!Millones de gracias!
Buenas tardes, Anita Salcedo; respondiendo a su pregunta, y suponiendo que no quieren anular el testamento sino reclamar la legítima, por ejemplo, ud. puede hacerlo junto a su hermano como legitimado activo también (no pasivo, si no se ha quedado con nada) contra la madre.
Quedo a su disposición en Barcelona, pues es un tema cuyo estudio requiere la lectura de los documentos.
Saludos,
LSD2, y POMARES muchísimas gracias por vuestras respuestas son de verdad, de gran ayuda.
Me gustaría saber si vosotros, a modo personal (o de conformidad con vuestra experiencia legal) ¿pondríais de manifiesto al Juez de Barcelona competente todo el tema de un segundo testamento en Panamá (y por ende que de conformidad con el mismo mi madre hizo y deshizo lo que quiso aquí y en Panamá) o mejor no manifestar nada a este respecto haciendo valer exclusivamente el testamento español y que sea el Abogado de mi madre el que el en el plazo de 20 días tenga que recopilarlo todo y así yo no se lo doy tan mascado? Estoy pensando, que de esta forma lo pelearía más a fondo cuando ellos lo trajesen a colación, manifestando así la improcedencia de todo lo actuado por ser nacional español muerto en España... Ya me diréis.