No exactamente. El cónyuge viudo o pareja de hecho tiene derecho "hasta" un máximo de 1/4. Mejor lee los arts. 452-1 y ss. del Libro IV del Código civil de Cataluña.
Un saludo.
Muchas gracias por la respuesta. Entonces, si lo he entendido bien, seria, en el caso de NO haber testamento por mi parte: mis hijos recibirían toda la herencia salvo una cuarta parte del total que correspondería al cónyuge viudo?
Muy agradecido por la respuesta.
Y en mi caso? Suponiendo que no haga testamento, si yo fallezco, los herederos son mis hijos al 100% o también recibiría alguna parte mi pareja de hecho?
La legítima catalana es de 1/4 de la herencia, asi que, en esa medida, tus hijos heredarían los bienes de su madre. Ahora bien, ese es el mínimo que recibirían, caso de que hiciera testamento y del resto dispusiera en favor de otros. El cónyuge viudo, por su parte, también puede, por ministerio de la ley, recibir hasta 1/4, insisto si otra cosa no se establece por la testadora.
Si muere intestada, sus herederos son vuestros hijos, del todo, a salvo los derechos del cónyuge viudo.
Un saludo.
Buenas tardes. Estoy divorciado y tengo dos hijos de mi expareja. Actualmente estoy registrado como pareja de hecho con mi actual pareja. Mi exmujer esta casada con otra persona que también tiene dos hijos de su anterior matrimonio. Mi duda es: si mi exmujer falleciese, mis hijos recibirían toda su herencia? Ellos tienen ahora 10 y 13 años.