No estoy muy puesto en los derechos forales vascos, pero en principio no puedes disponer de nada hasta que fallezca tu padre. Es el que tiene que fallecer para que tú tengas derecho a algo; hasta que no fallezca alguien no hay ninguna herencia.
Muy buenas .El caso es el siguiente si yo soy hijo único y mi padre está empadronado en pais vasco hasta donde se yo puedo disponer de la legítima es decir 1/3 de el patrimonio tanto de bienes como de dinero líquido no? .Ahora bien si él está casado en separación de bienes pero con usufructo especial ,en qué lugar me dejaría ?.Yo no puedo reclamar nada hasta que la mujer de mi padre fallezca?
Muchas gracias.