Soy el menor (31 años) de 2 hermanos en total. Nuestro padre falleció hace un par de años sin dejar testamento. La herencia que nos dejó a mi hermano y a mi ha sido una cuenta bancaria puesta a nombre de los 2 con una suma importante de dinero.
Lo normal sería repartir el 50% del dinero total entre los dos, pero mi hermano se niega alegando que ese dinero es para lo que pueda pasar en el futuro.
Mi problema está en que si simplemente saco el dinero y punto, voy a desencadenar un conflicto muy gordo. Con lo cual no es una solución viable.
Mi pregunta entonces es si existe alguna forma , como algún artículo en el código civil , o donde sea, en el que obligue a mi hermano a repartir la herencia. Si nuestro padre hubiera dejado testamento, entonces estaría claro. Pero no es el caso.
Su hermano le ha planteado un conflicto totalmente irracional, pues él tiene su futuro y usted el suyo, sin que pueda usted verse obligado ni a compartir el dinero ni a compartir el futuro. Reclame legítimamente lo que le corresponde desde la muerte de su padre (art. 657 del Código Civil) y pida la división de la cuenta corriente (art. 400 C.C.) para lo cual dispone de todo el tiempo del mundo (art. 1965). No es cosa de darle lecciones de Derecho Civil a su hermano, sino de que este cumpla con lo que ordena el sentido común.
¿Se ha tramitado la herencia, y es de los dos ya, ese dinero?
Si es así saque su mitad y adiós. Ni futuro ni leches.
Si no, vaya al notario, acepten la herencia (requerimiento notarial en caso de que ni la acepte ni la rechace su hermano), y se reparte a partes iguales. Habiendo solo dinero en la herencia no hay mucho más con lo que lo pueda complicar (no haría falta ninguna división de la cosa común, ni contador-partidor, ni historias).
Si la cuenta corriente ya está a nombre de los dos, es decir, no consta tu padre como titular, puedes ir al Banco y sacar tu 50%. No veo conflicto, es tuyo y tu hermano no puede decidir que tienes que hacer tu con tu patrimonio. Es así de simple.