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Herencia en caso de cónyuge fallecido

18 Comentarios
 
26/01/2006 09:25
Striker. si el piso esta a nombre del marido o a nmbre de la mujer, ( separacion de bienes) lo que le corresponde al conyuge sobreviviente seria el usufructo del tercio destiadno a mejora ( siempre y cuadno no exista testamento o existiendo este no se haya mejorado a alguno de los conyuges), ya que si existe mejora ademas de ese ese ususfructo ( vidual) le corresponderia lo dejado en mejora.

si el piso es de ambos, le corresponderia lo referido anteriormente mas el 50% del piso de su liquidacion de la sociedad ganancial.

un saludo
26/01/2006 00:05
¿Qué familia tiene el viud@?
25/01/2006 11:30
Pues... ¿si me podéis resolver el caso?:(en caso de no tener hijos)
1.- El piso está al nombre del marido y éste muere, dejando viuda a su mujer.
2. El piso está a nombre de la mujer y el que muere en este caso es el marido.
3. El piso está a nombre de los dos, y muere, por ejemplo, el marido.
Muchas gracias amigos.
25/01/2006 09:44
depende de a nombre de quien esté el domicilio
24/01/2006 20:52
¿Y en caso de que ese matrimonio no tenga hijos?
perfil Ahi
24/01/2006 17:06
Y quién te ha dicho que iba por ti?

Se ve que lo de pensar no es lo tuyo.

Me ha dolido...ni te cuento, tengo un dolor en las mandíbulas de la risa que me ha entrado con tu mensaje.
24/01/2006 16:31
Para "Ahi"

No tengo nada que ver con Ferro pero creo que mi alago a Ferro te ha dolido mucho y aplicate el dicho de que quizas "cree el ladrón que todos son de su condicíón.....
24/01/2006 16:15
La casa se compro antes o despues del matrimonio? La vecindad es comun? que Tanto % representa la vivienda del patrimonio familiar?.
No es facil contestarte aprioristicamente
En Madrid, casa adquirida despues del matrimonio ( sociedad de gananciales pues) y sin mas patrimonio.
Al fallecer el marido por ejemplo sin testamente
El 50% sera de la mujer no por herencia si no por la disolucion de la sociedad de gananciales. El otro 50% lo heredan los hijos pero de ese 50% de los hijos 1/3 lo heredan en nuda propiedad ya que su madre tendra la usufructo perpetuo ( de por vida). Este usufructo es normal comprarlo en base a la edad de la madre
24/01/2006 15:58
El caso es que aún no me he enterado de nada. A ver si podéis usar unos términos mas campechanos, de andar por casa. No soy abogado y como que a pesar del empeño que le pongo a las respuestas, tengo mas dudas que antes.
Muchas gracias.
perfil Ahi
24/01/2006 15:46
Lo bueno del caso es que no os dais cuenta que Ferro interviene con otros nombres para hacerse la víctima.
24/01/2006 15:43
Ferro no será licenciado en derecho pero aporta más a éste foro por su educación y humanidad que algunos de vosotros señores letrados.
24/01/2006 12:50
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
24/01/2006 12:44
Blazque/Dalman

Chico ya te estaba echando en falta. Incluso en una intervencion ahita de faltas puse una nota. Esta claro que no leiste esos dias
Espero disfrutes de la cria. Un saludo
24/01/2006 10:31
Usufructuado??? si hablas en términos jurídicos, habla con propiedad y no digas esa palabra.
Lo que eres capaz de liar tú sólo, si esa persona tenía dudas, ahora aún tendrá más, supongo que has conseguido tu objetivo.
24/01/2006 09:36
Lo dicho Blazque que las prisas son malas.

Lee bien y veras que digo que los hijos tienen usufructuado el tercio de mejo,r no que lo usufructuen. Lo que falto ess haber expresado quien lo usufructua, esto es el progenitor perviviente.

En el caso de fallecimiento, y segimos en vecindad comun, habria que estar a los legitimarios ( padres del causahabiente..........) y si no les hubiera al testamento o proceso de declaracion de herederos
24/01/2006 09:24
GRacias Blazquez. Las prisas son malas consejeras. Logicamente es el conyuge perviviente el que usufructua el tercio de mejora
23/01/2006 20:49
Ole, Ferro, no se pueden decir más tonterías en una sola frase

"Los hijos tienen usufructuado el tercio de mejora que puede concretarse en el usufructo ( comprado o no ) en la vivienda familiar "

Nada hijo, si parecía que no podías saber menos de derecho, vas y te empeñas en demostrarlo otra vez.
23/01/2006 20:13
En derecho comun la vivienda seguramente seria adquirida en la sociedad de ganaciales luego el 50% seria de la viuda.
Los hijos tienen usufructuado el tercio de mejora que puede concretarse en el usufructo ( comprado o no ) en la vivienda familiar
Herencia en caso de cónyuge fallecido
23/01/2006 19:32
Tengo una duda, en caso de que en un matrimonio que vive en una casa, con dos hijos, uno de los dos cónyuges fallezca:
1. ¿quién tendría derecho a la herencia de la vivienda?
2. En caso de no tener hijos, ¿para quién sería la citada vivienda?
Muchas gracias y a ver si me podéis sacar de dudas compañeros.