Pueden alquilarlo hasta que su hijo tenga la mayoria de edad y pueda decidir, como ya le han indicado, pero no puede venderlo por muchos gastos que genere. Debe pedir autorización judicial, explicando el motivo por el que quiere venderlo y por supuesto, que se va a hacer con el dinero de la parte de su hijo, si se va a comprar otra propiedad, por supuesto a nombre de él, o se va a depositar en un Banco exclusivamente a su nombre....
Al haber un menor la relación entre las familias puede ser muy buena pero debe autorizarlo un juez y la fiscalía para garantizar que no se está estafando al menor. Que no digo que sea el caso, pero es preceptivo, no se puede vender la parte del menor salvo que lo autorice el juzgado.
¿Qué edad tiene el hijo? ¿Se necesita venderla porque hay que hacer frente a hipoteca o algo?
La tía de su hijo puede vender lo que es de ella, pero no lo que es de su hijo. Para ello, usted necesita que un juez lo autorice, por lo que se le sugiere que espere a la mayoría de edad de su hijo. Si todavía es demasiado pequeño, ha de ir a un notario para tramitar el expediente de aceptación a título de inventario y después presentar una demanda en el juzgado o directamente en fiscalía. Es totalmente irrelevante cuáles sean las relaciones entre ustedes: la ley es la ley. Dura lex sed lex.
El piso lo quiere vender la hermana del padre fallecido, la tía de mi hijo. El piso era al 50 % entre los dos, por eso la venta. Y para todo esto necesitaría abogado? Entre la familia del padre y nosotros hay buena relación.
Si su hijo es menor de edad, no puede usted aceptar la herencia en su nombre y mucho menos vender sus propiedades. Necesita ir al notario para hacer un expediente de aceptación de herencia a beneficio de inventario. Cuando su hijo sea mayor de edad, podrá ratificar o rechazar la herencia. Si sobre la misma recaen deudas o se precisa la enajenación de patrimonio, ha de acudir usted al juez, a que le dé el permiso. El juez pasará su demanda, (en la que han de estar muy bien justificados tanto las razones de la venta como la garantía de que el dinero quedará a buen recaudo para su hijo) al ministerio fiscal, que informará sobre lo que proceda. Si tanto uno como otro aceptan la venta, puede que le nombren un defensor judicial si considera que usted tiene intereses contrapuestos con su hijo, como por ejemplo que vaya a hacer uso de ese dinero. Como ve, ese piso "no se va a vender"; al menos no se va a vender la parte de su hijo.
El padre de mi hijo falleció hace más de 2 años, y ahora se va a vender un piso q la mitad es de mi hijo, y me han dicho q acepte la herencia en beneficio de inventario por si hubiera deudas, me podrían explicar q hacer y como.