Entonces si es de una herencia el saldo de la cuenta como dices, es 100% para los hijos? Nada para el cónyuge? Pero si fuese así lo gestiona el cónyuge vivo verdad?. Muchísimas gracias
Todas las cuentas son gananciales, a menos que el saldo lo tuviera antes del matrimonio o provenga de alguna herencia.
Si no ha ocurrido ninguna de estas dos circunstancias, las cuentas son al 100% de la sociedad ganancial. Es decir, las de usted, mas las de su conyuge son de ambos dos al 50%. Todo junto se repartirá al 50% para usted, y del otro 50% será de los hijos, teniendo usted el usufructo de la tercera parte (no propiedad) de la parte de su conyuge.
Hola gracias por las repuestas, entonces para resumir, el dinero de mi pareja fallecido que tiene cuenta solo a su nombre 1/3 es para mi y el resto para mis hijos menores de edad. Y como son menores yo administro y gasto el dinero como yo crea conveniente es así??
Las propiedades, salvo que se pueda demostrar su origen privativo (herencias, bienes anteriores al matrimonio...) se presumen gananciales. Da igual a nombre de quién estén, se supone que vendrán de ingresos obtenidos en gananciales y los fondos son por tanto gananciales los tengas en casa o en tu bolsillo, que es como viene a ser tener una cuenta bancaria a nombre de los dos o a nombre de uno solo.
Todos esos bienes, estén a nombre de quien estén (salvo que se demuestren privativos) formarán los bienes gananciales, de los que la mitad antes de ninguna herencia pasarán al cónyuge superviviente, y la otra mitad a herencia. Es la mitad "en total", ojo, no bien a bien. Luego la mitad que pasa a herencia pasará a los hijos si no hay testamento (salvo 1/3 en usufructo al cónyuge) si no hay testamento, o lo que diga el testamento si lo hay (que es una potestad personalísima de cada persona). La parte que hereden los menores serán gestionadas por defecto por el tutor legal que es el progenitor que siga vivo (salvo que se diga otra cosa en testamento), hasta su mayoría de edad, bajo supervisión judicial; por supuesto se encargará una persona adulta, pero no puede venderlas por ejemplo, sin la debida justificación y autorización en interés del menor.
Se le recomienda, en primer lugar, que haga testamento y deje claro todo lo relativo a cuentas, dinero en efectivo y patrimonio. Si finalmente muere usted sin testamento, hay que proceder a liquidar la disuelta (con la muerte) sociedad de gananciales. Una vez individualizadas las porciones correspondientes a cada cónyuge, sus hijos heredarán el 100% de nudapropiedad y su señora el 33% de usufructo. Es decir, que por ministerio de la ley el dinero NO pasa al cónyuge, sino la mitad a sus herederos.
Hola muy buenas tardes. Tenía ciertas dudas , haber si alguien puede solucionarmelas.Muchas gracias.
Tengo 2 hijos menores de edad, y estoy casado en gananciales con mi pareja. Cada uno tenemos cuentas separadas y una en común.
Si uno de los dos fallece , el dinero de las cuentas del cónyuge fallecido pasan al otro cónyuge?? O no se pueden tocar porque son de los hijos??? O si puede gestionarlas y usarlas por ser los hijos menores?? O solo una parte es para el cónyuge????
Espero que entendáis las preguntas michas gracias a todos