Saludos cordiales a todos,
Cuando el hice el Testamento, hace ya algunos años, puse como heredera a mi mujer.
En el testamento dice que la dejo como -heredera universal-, yo no soy abogado y no me aclaro del todo bien, entonces mi pregunta es:
De la manera que está puesto en el testamento (heredera universal), ¿mi mujer se convertirá en la -titular/propietaria- de todos mis bienes o en la usufructuaria universal y vitalicia...?.
Entiendo que solo en el caso que en el testamento pusiera que la nombro -usufructuaria universal y vitalicia- lo sería ¿verdad?.
En el caso de que se convierta en titular/propietaria (primer supuesto) ¿tendría que pagar ella, al morir yo, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o tributa por herencia (Sucesiones), o como, sería viviendo en Barcelona?.
Muchísimas gracias por vuestras respuestas y perdonad mi gran ignorancia en el asunto.
Gracias.
Además así los foreros tendrían información sobre el tema (que es común para la mayoría) y podría servir de ayuda.
Cómo último recurso seguiré tu consejo
Muy amable
La verdad que desconozco como esta el tema sucesorio en Barcelona.
Pero imagino que, al igual que en Derecho comun, lo primero que hay que saber es si tienes herederos legitimos (descendientes o ascendientes) tal y como dice pescadilla.
Sin datos, es imposible que en el foro se pueda dar una respuesta