La situación es la siguiente. Mi hermano hace 12 años que estaba como pareja (sin registrar) de una mujer. Viviendo juntos, casa propiedad de ella, y facturas a medias. Tienen un hijo en común de 5 años. Pero resulta que esta señora estaba legalmente separada de su anterior marido, pero no divorciada, y con 2 hijos mayores de edad de ese anterior matrimonio.
Esta señora ha fallecido, descanse en paz.
Ahora el problema es el siguiente:
La casa vivienda habitual de mi hermano y de su hijo menor ha pasado a ser propieda de los 3 hijos (este menor, y los dos mayores del anterior matrimonio), y uno de los hijos mayores quiere vender y repartir. ¿Podemos pedir usufructo para le menor junto con el padre?
No es precisamente un usufructo lo que procede, ya que su hermano no tiene la condición de "cónyuge viudo" a efectos civiles (el código civil no contempla esta posibilidad para las uniones de hecho), sino que su sobrino menor no puede ser enajenado de su parte del piso fácilmente. Puede ser demandado por el hermano mayor para disolver el condominio y mandar la casa a subasta si es preciso; pero el Ministerio Fiscal tendría que intervenir, y es poco plausible que finalmente ocurra.
Exite la "leyenda urbana" de que bajo determinadas circunstancias se tiene mas derechos. Por ejemplo...."si no pago la hipoteca (o el alquiler) no me pueden echar porque tengo hijos menores"... "como soy minusvalido tengo mas derechos de herencia que mis otros hermanos"... "yo soy la/el únic@ de los hijos que se ha ocupado de los padres, así que tengo mas derechos"....o...su caso"hay un menor entre los herederos y por lo tanto no le pueden privar de su derecho de utilizar en exclusiva el único bien de la herencia".
Siento decirle que, salvo que el testamento disponga lo contrario, todos estos supuestos anteriores son falsos. Todos los herederos tienen derecho a recibir su herencia, y si la misma es indivisible, cualquiera de ellos puede solicitar que se venda el bien en pública subasta y repartir el producto recibido en proporción a su cuota de cada uno.
En cuanto a la situación en que queda su sobrino, tiene un padre que es quien tiene la obligación de procurarle alimento y alojamiento (no sus hermanos) y probablemente una pensión de orfandad de su madre, independientemente de sus derechos hereditarios de los bienes de ella.
todo eso es verdad, como lo es que finalmente sería una decisión judicial de resultado impredecible
si el fiscal dice que el padre que es quien tiene la obligación de procurarle alimento y alojamiento (no sus hermanos), probablemente salga a subasta ... pero es probable que no diga eso si los ingresos familiares son escasos