Alcanta, supongo que te refieres a derecho común en zonas comunes del territorio, no en sitios forales, etc. De todos modos, el derecho de representacion ¿es para casos sin testamento o para todos? Mi padre sí que habia hecho testamento.
Es en un pueblo de Cuenca, la que ha fallecido ahora es la hermana de mi padre, mi tía, y tenia hecho testamento de hace años para que heredasen sus hermanos. Al no quedar ningún hermano vivo (todos han muerto antes que ella) somos los sobrinos los que heredamos, hemos hecho ya adjudicación de herencia en el notario y pagado ya los impuestos Pero ahora nos están haciendo los trámites en el Registro de la Propiedad y nos dicen que tienen también que heredar las esposas de los hermanos (es decir mi madre y las esposas de mis tíos que siguen vivas) o sea que, en mi caso, hay que repartir la parte que a mi padre le ha correspondido de mi tia según conste en el testamento de mi padre
No sé si me he explicado bien ahora, es que esto me parece raro, ya que en el notario tuvimos que presentar documentos de defunción, etc y no dijeron que las esposas tuvieran derechos en esa herencia.
A ver si me podeis aclarar algo, pues no sé ya donde recurrir.
Si las esposas de los fallecidos no estaban nombradas en el testamento, a ellas no le corresponde nada de nada, si como has dicho esa hermana fue la última en morir...
Imagino que te refieres al testamento de mi tía. En ese testamento no se menciona ninguna esposa de los fallecidos, sólo figuran sus hermanos y todos murieron antes que ella, pues su testamento es de hace tiempo.