Tras la supresion del segundo parrafo del art. 992 del Codigo Civil del que se podia interpretar que el menor recibia la herencia siempre a beneficio de inventario, desconozco la regulacion legal actual, aunque considerando que no tiene capacidad de obrar, si fuera aceptada en todo caso se limitaria al patrimonio heredado"Creo que es asi", conoceis si este aspecto esta regulado en la Ley de Proteccion Juridica al Menor?.Gracias