Lo maximo que le van a permitir es que solicite la venta de los bienes necesarios para que se le abone su quinta parte del total de la herencia. O que sean el resto de los herederos quienes se lo compren.
Los bienes que previamente tenga o no tenga un heredero no vincula para que se autoadjudique mas participación de la que le corresponde, en perjuicio del resto de los herederos.
Buenas tardes,
Escribo porque una familia tiene un problema con una herencia de dos viviendas. Un heredero que posee menos de la quinta parte total de la herencia no posee ninguna vivienda en propiedad y no tiene donde vivir y reclama irse a vivir a uno de los pisos de los cuales no es propietario al 100%.
¿Hasta qué punto puede permitir la justicia española que se vaya a vivir a uno de estos pisos que no son 100% propiedad suya?
Muchas gracias por su valiosa ayuda.