Buenas a todos: os expongo un caso por si alguien me puede dar una solución.
Matrimonio mayor que posee una casa solamente como bien hereditario, el matrimonio tiene cuatro hijos uno de ellos que esta casado en gananciales presta 40000 € a su padre para hacer una reforma necesaria en la casa.
El padre tiene testamento hecho ya pero es reacio a cambiarlo.
Como puede el hijo que le presto el dinero cobrarlo, una vez que fallezca sus padres y no salir perjudicado en el reparto de la herencia.
Tendría que modificar el testamento o se podría hacer otro tipo de documento.
Muchas gracias
Si estuviera en tu caso, se me ocurre que por ejemplo, cada uno le de una parte de las 40.000 €; otra posibilidad podría ser que vendan un elemento de la herencia (casa, finca, o lo que sea) para pagarle ese dinero, si sobrara el resto se los reparten; si no se pudiera hacer lo anterior, se debían tasar todas las propiedades y se le dejaría escoger al que puso el dinero la mejor casa o la mejor finca de esa forma con su herencia ya estaría abonado el dinero.
Es cuestión de improvisar soluciones. Saludos