Buenos días, busco información sobre los impuestos a los que tendría que hacer frente para heredar una herencia relacionada con un familiar (en este caso una tía hermana de mi madre), y que según me han dicho, hay que pagar un impuesto de sucesiones según la comunidad autónoma a la que pertenezcamos.
Resulta que una tía mía, la cual vive con mi madre y no está casada ni tiene hijos (si tiene más hermanos además de mi madre), me ha puesto a mí como único heredero de todos sus bienes en su testamento, pero según me han comentado, esto no lo recibiría yo en su totalidad, si no que tendría que pagar un impuesto, en función del grado de parentesco y según lo cantidad establecida por la comunidad autónoma donde vivamos (en este caso Andalucía).
Quería saber si existe algún modo de pagar lo menos posible, o si mi tía, que actualmente está viva (y esperemos que por mucho tiempo) le pasa sus bienes a mi madre y luego en un futuro mi madre me los pasa a mí, nos ahorraríamos el impuesto de sucesión a pagar cuando llegara el momento.
Tu tia y tu madre son colaterales de 2º grado, y tu eres colateral de 3er grado en relación a tu tia. En la Junta de AndaLucia, el tratamiento en el Impuesto de Sucesiones, para los colaterales de 2º y 3er grado es el mismo.
Tu tienes que pagar el impuesto de sucesiones, tienes seis meses desde el fallecimiento, pero primero tendrás que ir al registro de ultimas voluntades y ver lo del testamento en el notario, una vez que ya seas adjudicatario y titular por tanto, entonces lo pagas. Informate en la Delegación tributaria de HAcienda de la Comunidad Autónoma donde falleciera tu tia y allí te dirán exactamente qué exención te corresponde en función del grado de parentesco