Buenos días,
Han fallecido unos tíos míos sin familia y en el testamento del último de ellos nos dejan la herencia a los familiares y en 50% a cada una de las dos líneas. Es decir el 50% a los descendientes de mí tía y el 50 % restante a los descendientes de mi tío.
Pues bien el problema es que la persona que parece tener toda la documentación de los bienes y de las cartillas del banco se niega a colaborar y no quiere hablar con los descendientes de mi familia. Nos ha conducido a realizar las cosas a través de un abogado que tiene el despacho en su lugar de residencia y este abogado parece que no está avanzando en el asunto. De hecho han transcurrido más de 6 meses desde el fallecimiento de la tía y dice haber solicitado la prórroga pero no estamos muy convencidos.
Creo que incluso no necesitaríamos la intervención de un abogado y que bastaría con acudir a una Notaria del lugar de residencia del finado. ¿Pueden obligarnos a desplazarnos a una provincia distinta? ¿Debemos correr con los gastos de gestión de este abogado al que nos está obligando la otra parte?.
Lo cierto es que todo son preguntas, pero agradecería mucho que me informasen sobre lo que debemos hacer.
Muchas gracias
La persona que conoce los bienes y cartillas de los difuntos no tiene por qué informar de nada, pues se trata de una indagación que le corresponde hacer a los herederos. Por lo demás, no necesitan a esa coheredera para hacer valer sus derechos como herederos. Háganse con una copia del testamento, y, como parece que el último de los dos cónyuges que murió había heredado a su vez del otro cónyuge, tienen que hacer los trámites de herencia para ambos. No necesitan abogados; vayan al notario y que les arregle el asunto.
Dado que el abogado lo contrató la otra parte, tú no tienes por qué pagarlo ni dejar que se encargue de tus asuntos.
Lo primero es comprobar en Hacienda si es verdad que pidió prórroga (cosa que no debió hacer sin contar contigo). Según lo que te digan en Hacienda, liquidar el impuesto antes de que venza el plazo. Si hay inmuebles, liquidar la Plusvalía municipal.
Hecho eso, vas a la notaría que tú elijas y que el notario nombre contador partidor que lo resolverá todo.
Muchas gracias a todos por las aclaraciones. no sé si en la Notaria se querrán hacer cargo teniendo en cuenta que la otra parte no va a facilitar las cosas. supongo que al final será a través del juzgado....
La notaría se hará cargo sin ningún problema. Si la otra parte no colabora da igual, porque la ley permite hacer en notaría lo mismo que en el juzgado.