Cada herencia debe ser liquidada al fallecimiento de cada uno de sus tíos. Es decir, en el plazo de seis meses del fallecimiento del primero debieron liquidar el impuesto. No me queda claro si en el testamento deja el usufructo a su hermano y el resto a ustedes o todo a su hermano.
El plazo al que usted alude de cuatro años y seis meses es el de prescripción: esto es, el que tiene la administración para reclamar a los herederos; pues, como le he dicho, el de los herederos para hacerlo voluntariamente es de seis meses, pasados los cuales la administración podría sancionarles.
Muy buenas, mi duda es la siguiente: tengo dos tios solteros que son hermanos y viven en su casa de la que son propietarios a medias. Hicieron testamento dejandose el usufructo de su parte de la casa el uno para el otro y cuando fallecieran los dos, lo heredaremos tres sobrinos entre los que me encuentro. Hace 4 años uno de estos dos tíos falleció y mi duda es si tenemos que heredar ya los 3 sobrinos el 50% de la casa del tío fallecido y pagar el correspondiente impuesto de sucesiones ó por el contrario esperar a que fallezca el otro tío que queda vivo y que tiene el usufructo de la vivienda de su hermano fallecido, para heredar la casa en su totalidad, ya que el impuesto de sucesiones hay 4 años y 6 meses para pagarlo y todavía no hemos hecho nada, ya que mis primas dicen que hay que esperar a que fallezcan los dos para poder heredar la casa. Muchas gracias por anticipado.