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Herencia de tío abuelo

10 Comentarios
 
Herencia de tío abuelo
13/12/2021 22:44
Buenas noches, deseo ayuda con una duda que tengo: Ha fallecido una tía de mi padre, antes había fallecido su marido. Ambos no tenían hijos, pero sí varios hermanos todavía vivos. Mi padre también falleció (antes que ellos). Tenían un piso, al parecer la mitad del piso corresponde a la familia de ella y la otra mitad a la familia de él. Mi padre era sobrino de éste. En el cuaderno particional de la herencia de mi padre, mi madre se quedó con el 50% de pleno derecho y del 50% restante ella se quedó con una parte (según formula por edad) en usufructo y yo con el resto. Quiero saber en qué medida heredaré de ese tío-abuelo. Muchas gracias.
14/12/2021 11:33
Usted no puede heredar nada del marido de su tía, porque la herencia (salvo lo referido al cónyuge) es una cuestión sanguínea, de la que están excluidos los familiares políticos.
14/12/2021 15:06
Creo que no me expliqué bien. Yo soy sobrino nieto del que era tío de mi padre de manera directa, no político, ella era mi tía abuela política.
14/12/2021 16:04
El texto de su pregunta resulta algo confuso, puesto que habla de dos capítulos sucesorios distintos. En todo caso, cuando su tío murió, si no había testamento, lo heredó todo la esposa de él, y con ello se extinguió los derechos familiares de la rama a que pertenece usted.
14/12/2021 20:34
Buenas, yo tengo una duda que también podría estar relacionado con este caso. La cuestión es que me gustaría saber si tengo derecho a heredar de un tía de mi padre aunque mi padre ya haya fallecido y queden vivos mis tíos. O solamente tienen derecho, mis tíos vivos sin que ni mi hermana ni yo tengo nada que heredar al fallecer mi padre.
14/12/2021 21:47
Si su tía no tiene ascendientes, descendientes ni esposo tiene plena libertad para testar, y por tanto habrá que estar al contenido del testamento. Si no hay testamento, su hermana y usted pueden solicitar la parte que le hubiese correspondido a su padre de estar vivo.
15/12/2021 08:37
Muchas gracias por la rápida respuesta. Es que tenía entendido que no heredamos nada los hijos de los sobrinos del fallecido ya que no hay derecho de represetación en la linea colateral que sólo alcanza a los hijos de hermanos. Por lo que los herederos de mi padre y de otros primos de mi padre que también fallecieron tampoco tienen derecho.
15/12/2021 14:00
laconico78
laconico78, ya lo creo que tiene que ver, es el mismo caso, salvo que yo pregunto también, si mi madre heredará en función de la parte que ella ya heredó de mi padre, como expliqué en el inicio. gracias Grisolia, sin duda no me expliqué bien, mis disculpas.
15/12/2021 16:19
laconico78
Ustedes no heredan por representación, sino por derecho propio, al ser parientes en el cuarto grado. Lo que ocurre es que si concurren tíos con sobrinos a una herencia, los primeros heredan por cabezas y los segundos por estirpe. Eso significa que la herencia de la finada se dividiría en partes iguales entre los hermanos, pero si uno ha muerto hereda su estirpe, que se reparte a partes iguales lo que le hubiese correspondido al padre.
15/12/2021 17:41
Muchas gracias, entonces la herencia de mi tía-abuela. Es decir, su vivienda se dividirá en 6 partes. Será un parte para mi tío que está vivo, otra para mi tía viva, otra para mi otra tía viva, otra parte para los herederos de mi tía fallecida( mis primos) , otra para los herederos de mi padre( mi hermana y yo) y la última para los herederos de otra tía fallecida.
15/12/2021 19:34
Para los herederos de su tía fallecida, no. Solo aquellos que tengan grado de parentesco hasta el cuarto grado con la causante. Si su tía fallecida está nombrada como heredera en un testamento, entonces sí transmitiría ese derecho a sus herederos (testamentarios y legítimos), pero no en un caso abintestato.