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Herencia de mi abuela

4 Comentarios
 
Herencia de mi abuela
20/10/2004 02:37
El pasado verano falleció mi abuela dejando en testamento a mis 2 tias la legitima corta y a mi madre, mis 4 hermanos y yo el resto de sus bienes que son 1 piso y un terreno y mobiliario.
Hemos hecho el tramite de Sucesiones (Impuestos), pero mis tias por medio de su abogado nos han hecho saber que no estan de acuerdo y el problema es que nadie paga la comunidad del piso y procederan al embargo. Alguien me podria explicar que tenemos que hacer ante su desacuerdo. Que herramientas legales hay para evitar el embargo, pues con ellas no existe ningun dialogo y temo que al final salgamos todos perdiendo. Gracias y un saludo a todos. Es un foro fantastico
20/10/2004 18:42
haber si me aclaro. el piso es vuestro no? ya habeis realizado los tramites del impuesto, pero y el de aceptacion de herencia para que ese piso este a vuestro nombre?
el embargo viene como consecuencia de impago de cuotas de comunidad, pero a quien se las reclaman? para que procedan al embargo es necesario que se haya interpuesto procedimiento monitorio en el juzgado y haya recaido sentencia.
espero que me aclares las dudas, para poder darte una respuesta clara.
21/10/2004 00:08
Te aconsejo lo consultes a tu abogado actual.

herencias@tob-eur-opa.com
21/10/2004 00:54
estimado rodolfo, mi madre y mis hermanos hemos realizado los tramites de sucesiones pero eso de la aceptacion de la herencia no lo se porque a mis tias les hemos hecho llegar el testamento y no sabemos nada mas. ¿Tenemos nosotros que dar aceptacion de herencia en algun estamento? y ¿una vez hecho, si mis tias no realizan esos tramites, como podemos poner esas propiedades a nuestro nombre? Otra cosa, mis tias tienen 2/3 de la parte de mi abuelo con lo cual las propiedades acaban siendo repartidas entre 7 personas.
No sé si me habras entendido, gracias de todas formas. Un saludo
21/10/2004 12:48
para que se proceda a la division de la herencia es necesario que los herederos bien de comun acuerdo, ante notario, o bien de forma contenciosa, en el juzgado, procedan a redactar un inventario de los bienes y deudas del cuasante. realizado ese inventario, con disolucion de la sociedad de gananciales, se pocede a la adjudicacion de bienes entre los herederos. si se hace ante notario, se lleva a cabo a traves de escritura pública.
con esa escritura debeis acudir a los distintos registros (propiedad..) para que se proceda a la inscripcion del bien a favor del heredero al que se le haya adjudicado.
igualemente, si existe metalico en cuentas corrientes, como norma general, hasta que no se adjunte escritura de aceptacion no se podra realizar el reintegro de esas cantidades.
mi consejo legal es que acudas a un abogado, y que se encargue de llevar todos los trámites.
saludossss