Hola, reciéntemente falleció mi madre y creo que voy a heredar un local que ella compró en los años 80 y que ya estaba alquilado. Creo que no existe contrato por escrito y quería saber si al heredar se podría cambiar esto, ya que hay que ir personalmente al local a que el arrendatario pague y siempre está dando largas con que vaya otro día, así una y otra vez mareándonos y se va juntando con meses de retraso aún siendo 200 euros nada más de alquiler. Mis hermanos dicen que no se puede hacer nada por no existir contrato y que hay que aguantarse pero yo no tengo paciencia para estar yendo todas las semanas y aguantar largas. Quería saber si al heredar se puede hacer un contrato nuevo y si se acumulan meses sin pagar ver si se le pueden apretar las tuercas. Muchas gracias.
No se puede hacer un nuevo contrato, pero desde luego lo que pueden hacer es reclamar las cantidades pendientes, pues independientemente de que no exista un contrato escrito, sí lo existe verbal. Y supongo que tendrán ustedes documentada tanto la propiedad del local en cuestión como los pagos que anteriormente se produjeran, como las posibles comunicaciones entre arrendador y arrendatario.
Habría que conocer además la fecha de inicio de esa relación arrendaticia para determinar posible fecha de extinción.
Quedo a su disposición,
Motta&L Abogados
Madrid
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