Ha fallecido mi pareja (no estamos casados ni registrados como pareja de hecho) y tenemos un hijo en común de 16 años. No existe testamento ni bién a heredar. Ni yo ni mi hijo disponemos de ningún bién. Pueden reclamarme deudas, a mi o a mi hijo, los deudores de su padre? Muchas gracias por contestar.
Las herencias no solo incluyen bienes, si no tambien deudas.
Cuando se hereda, se hereda todo en positivo y en negativo.
Sin embargo, no tienen por que aceptar la herencia, si la puede rechazar o aceptar contra inventario.
Si esta completamente segura de que solo van a heredar deudas, le aconsejaria rechazarla.
Y en el caso de su hijo, que es menor, por defecto se haria contra inventario, lo que implica que si existen bienes y deudas, se cobrarian las deudas con los primeros y no se iria contra los posibles bienes de su hijo para seguir cubriendo las deudas restantes, si las hubiese.
Asi que yo estaria tranquila en lo que a su hijo se refiere.