Primero de todo, buenos días y muchas gracias.
Mi consulta va relacionada en la confección del testamento.
Antes de iniciar los trámites, querría decirles que soy totalmente ignorante en este campo, por lo que necesito asesoramiento e información antes de dirigirme al notario y poder tener las cosas un poco mas orientadas, por lo que querría que me informaran de cómo debo de hacer los pasos necesarios, les explico.
Llevo 8 años separado, tengo dos hijos menores (11 y 13 años) y poseo el 100% de la titularidad una vivienda y pleno dominio sobre ella.
Sobre esta vivienda de la que hablo, consta una carga hipotecaria 170.000€ a mi nombre y al de mi exmujer es decir, que en el contrato de la hipoteca consta que el 50% de la deuda es para ambos dos.
Cuando adquirí la titularidad de la vivienda todo quedo constancia en el registro de la propiedad y bajo un acuerdo judicial formulado de mutuo acuerdo, sin cargas pendientes, por lo que la propiedad paso a ser mi al 100%, pero no así la hipoteca, 50% de ambos.
En el testamento que desearía realizar, querría que en caso de fallecimiento u invalidez total, la propiedad de mi propiedad quedara al 50% para cada uno de mis dos hijos menores, hasta que estos alcanzaran una la mayoría de edad detallada, donde el dominio de la vivienda, ¡usufructo si así se llama!, recayera sobre la madre de mis hijos y que ella quedara como administradora de la misma. Las ganancias que se pudieran realizar sobre la misma, ya sea alquiler, venta u… que se reembolsaran en una cuenta corriente, 50% para cada uno de mis hijos y los gastos de mantenimiento de tributario de la misma.
Toda esta gestión debería de generar el menor gasto posible a los herederos y de la usufructuaria, sobre los efectos fiscales derivados de la trasmisión de un inmueble con carga hipotecaria
La verdad es que los gastos ordinarios de comunidad, van a cargo del usufructuario.
Las derramas, o gastos extraordinarios, no, puesto que su finalidad suele ser mejorar el inmueble, lo cual supone una revalorización que beneficia a los nudos propietarios, y por consiguiente son ellos los que las tienen que asumir.
Hace tiempo hice una consulta en este foro referente a una herencia de una vivienda en el cual yo estoy en usufructo y me dijeron que la comunidad de propietarios tiene que pagarlo el nudo propietario que son mis hermanos y yo mismo, el caso es que el día 21 de diciembre me citaron el abogado por parte de mis hermanos para hacer un nuevo testamento y ponerme cómo propietario único y me dijo el abogado que la comunidad la tiene que pagar el usufructuario y no los propietarios, no quise firmar. Este abogado lo han adquirido gratuitamente del ocaso que después del fallecimiento de mi madre sigo pagando las cuotas yo y se lo han dado a mis hermanos. Miente el abogado, y si es asi puedo hacer algo en contra suya o del ocaso?
Todas las combinaciones son legales. Eso sí, si hay un exceso de adjudicación sobre lo liquidado en el Impuesto de Sucesiones, habrá que liquidar ese exceso por Transmisiones.
Por tanto, suponiendo que los inmuebles ya se hayan valorado para el Impuesto de Sucesiones y que los herederos están de acuerdo con esa valoración, basta repartir según se acuerde y compensar en dinero a quien se lleva menos importe en inmuebles por no resultar divisibles.
Muchas gracias, ¿todas esas combinaciones son legales? estando de acuerdo ¿se pueden valorar los inmuebles y repartirlos entre los 3? ¿quien lleva a cabo esos arreglos el notario?
Un amigo mio recibe en herencia junto con sus 2 hermanos, 4 inmuebles, 2 casas y 2 pisos, que según el testamento les corresponde una tercera parte a cada uno. ¿Como se puede arreglar esta herencia para que cada uno tenga un inmueble a su nombre, no a nombre de los 3? Todo a nombre de 3 es problemático en vida y si hay herencias posteriores.