Hace un tiempo mi abuela paterna falleció dejando herencia, como mi padre falleció antes q mi abuela, yo y mis hermanos somos lo q heredamos lo correspondiente a mi padre. Legítimamente a mi madre (esposa de mi padre fallecido con anterioridad a su madre q es mi abuela) no le corresponde nada. Hay alguna forma en la cual la parte que me correspondeiera a mi se la pudiera pasar a mi madre? Un saludo.
Usted puede darle lo que quiera a su señora madre, pero primero ha de aceptar la herencia (usted) y adjudicársela. Después puede hacer si quiere una escritura de donación. Lo que no puede hacer de ninguna manera es renunciar a la herencia en favor de su madre, puesto que no es heredera de su abuelo, sino que es ajena a la herencia.
Como poderse, sí que se puede vender (o donar) los derechos hereditarios, no como cesión de la cualidad de heredero, sino mediante la transmisión de los bienes que correspondan al heredero (1531 y 1567 del CC); la herencia pasaría a tu madre pero siempre a través de ti como heredero, no directamente, aunque en ese caso los otros herederos tendrían derecho de adquisición preferente. En un caso como el tuyo no tiene ningún sentido (sí puede tenerlo cuando hay deudas que satisfacer, por ejemplo). Mejor acepta la herencia, recibe tu parte, y luego le regalas o donas a tu madre lo que quieras, como dice el abogado, venga el patrimonio que sea de esa herencia o de donde venga.