Lo más probable es que en el testamento conste la persona o personas que sustituirían a la señora en caso de premoriencia de esta. Si no es el caso, los derechos hereditarios colapsan por la rama de la señora, y la masa hereditaria pasa al torrente intestado, de forma que hasta el cuarto grado de parientes del testador (primos) se puede reclamar la herencia. Si tampoco hay primos, cualquiera puede notificar la existencia de esta masa sin titular a la Agencia Tributaria, y recibirá el 10% de la tasación de la misma, si la Administración acepta la herencia. Si tampoco es el caso, la herencia se queda sin dueño. En ningún caso los herederos de la mujer heredan el derecho que ella tenía.
Herencia cuando el heredero ha fallecido antes que el testador
Quien hereda cuando el beneficiario de la herencia en este caso la mujer , ha fallecido antes que el testador, y no hay ni hijos ni hermanos y padres y tíos también fallecidos todos antes que el testador. Quién hereda?