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Herencia consignada en la caja general de depósitos de la junta de andalucía

1 Comentarios
 
Herencia consignada en la caja general de depósitos de la junta de andalucía
09/08/2023 12:51
Estimados profesionales,

Escribo desde Brasil (soy español) y me encuentro ante el siguiente escenario tras el fallecimiento de mi padre. Me comunican:

"Como albacea del testamento de tu padre, te comunico que se ha procedido a la apertura del testamento y al reparto de bienes tal y como establece la ley. La cantidad que te corresponde se encuentra ya consignada en la Caja General de Depósitos de la Junta de Andalucía. A partir de este momento puedes proceder a su retirada"

Entro en contacto con la Caja y tras diez días intentando obtener la información para proceder a la transferencia, me solicitan NIF y cuenta bancaria, facilito los datos... y luego me piden lo siguiente:

"este depósito tiene que solicitar su devolución la persona que lo ha constituido, presentando documentos administrativos judiciales con la argumentación jurídica en base a la cual se ha procedido a llevar a cabo dicho depósito de parte de la herencia que le corresponde, en la Caja General de Depósitos de la Junta de Andalucía y que ya procede la devolución del mismo al beneficiario establecido en el documento 805, resguardo de constitución de garantía. Sin la Orden Judicial o Administrativa de devolución no podemos tramitarla."

Francamente, estoy perdido y sin saber lo que hacer.

Ruego puedan instruirme para saber si existe alguna alternativa que no exija esa presentación de documentos y que pueda mover desde Brasil; o, si no la hay, que me indiquen la forma de obtener o crear esos documentos (orden judicial o administrativa de devolución). Finalmente, si presentarme en persona en la Caja podria resolver algo sin tener que mover papeles, demostrando que "yo soy yo" y beneficiario de la cantidad consignada.

Muy agradecido,
Carlos
10/08/2023 17:59
Eso que tiene usted es una Resolución, aparentemente sin pies ni cabeza, según la cual no procede entregarle el dinero, sino que hay que devolvérselo al albacea. Al final de esa resolución le aparece si contra la misma cabe algún recurso, cómo se llama ese recurso y plazo para interponerlo. Necesita usted auxilio profesional para redactar el recurso y llevar a cabo la tramitación, por lo que se le sugiere que contrate un despacho andaluz experto en derecho administrativo.