En mi opinión, por lo que he entendido, usted conservará el usufructo sobre el 50% de la propiedad. La nuda propiedad de ese 50 se repartirá entre usted y sus hermanos, y el otro 50 irá a parar a la familia de su tío.
En mi opinión, usted conservará siempre el derecho a usar la vivienda, ya que tiene el 50% del usufructo, pero la familia de su tío tiene el mismo derecho, pudiendo entrar a vivir con usted a la misma vivienda si lo desean. Esa será la mayor molestia.
Cualquier copropietario puede obligar a la venta de la cosa común, es decir, de la propiedad, pero entiendo que cualquier venta de la casa siempre se hará con el gravamen del 50% de su usufructo, por lo que dudo que logren venderla, a no ser que alguien la quiera adquirir para deshacerse después de usted. ¿Quién compra una vivienda para compartirla con un señor desconocido?
Por otro lado, existe la posibilidad de calcular el valor económico de su usufructo con una sencilla fórmula. Quizás para evitar conflicto, le convendría pactar la venta del 100% de la casa. A ese valor restarle el valor de su usufructo para usted, y repartir el resto del dinero en función de los % de propiedad. Negocie.
Sería cuestión de estudiarlo, pues es posible que, de alguna manera, la exigencia de una renta interfiriera en el usufructo que su tía le dejó. Habría que ver exactamente la redacción del testamento.
Respecto a la pregunta de si le correspondería el usufructo sobre el 50% o sobre el 100%, yo entiendo que si la vivienda no se transmitió debe pasar a la familia del que fue el marido de su tía, por lo que no puede formar parte de la herencia de ésta. De todos modos, como le indico, es necesaria la lectura completa del testamento y de la nota simple.
Te agradezco mucho tus respuestas y perdona mi insistencia pero no me has contestado a la cuestión de si el otro 50% podría pedirme algo así como medio alquiler por estar yo usando la vivienda para mi uso particular, aunque a día de hoy no se haya movido nada del testamento de mi tía. De todas maneras no entiendo porque no me pertenece todo el usufructo hasta una posible venta, pues finalmente la mitad de ésta ( que entiendo se deberá hacer tarde o temprano aunque no me gustaría) iría para la otra parte, como dispuso el viudo, y de esa manera se respetaría la voluntad de uno y de otro.
Perdona q te vuelva a molestar pero estoy viviendo en la casa porque ya vivia alli con mi tia y ella lo queria asi pero tendria q pagarles algo a la otra parte? Lo digo porque no ha habido apertura de testamento ni aceptacion ni nada. Y si yo no quisiera vender al tener el usufructo, podria pedir "lo que quisiera" para q se vendiera o podrian obligarme? Lo digo x la valoracion que no se si es de cara al impuesto o es para la venta tambien, y mas teniendo en cuenta q lo q se podria sacar es mucho mas q el valor catastral. Gracias
En principio (y a falta de una lectura completa del testamento y de la nota simple que usted menciona) entiendo que usted heredaría el usufructo de la mitad que era de su tía.
De cara a la valoración, tanto para una posible venta como para la previa liquidación del impuesto sobre sucesiones, es el resultado de restar a 89 la edad del usufructuario al momento del fallecimiento.
Respecto a la pregunta de la duración, entiendo que si no se ha hecho salvedad alguna sería vitalicio.
Hola a todos. Necesito ayuda sobre una herencia un tanto complicada. Se trata del testamento de mi tía, viuda sin descendencia que nos dejó su única propiedad a varios sobrinos y el usufructo me lo dejó a mí sólo. Hasta ahí no parece tan complicada, la cuestión es que al pedir la nota simple de la vivienda aparece una nota marginal en la que menciona el testamento de su marido difunto y en ese testamento instituyó heredera universal a mi tía pero estableció un fideicomiso de residuo por el cual, en caso de no transmitir inter vivos la casa mi tía, la parte del viudo fuera a su familia. Yo todo esto lo entiendo bien pero no se que pasa con el usufructo, si me corresponde todo a mí, como parece ser era la voluntad de ella, o sólo me corresponde el 50%. Yo entiendo que disfrutar el usufructo no contradice la voluntad del marido pues, finalmente, su parte iría a su familia cuando algún día se vendiera. Tampoco mencionó mi tía por cuanto tiempo era ese usufructo por lo que nadie me podría obligar a vender por ejemplo. ¿Y cómo se valoraría a la hora de vender la propiedad? ¿Sobre el 50% o sobre el 100%?.