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Herencia con separación de bienes

8 Comentarios
 
Herencia con separación de bienes
22/09/2017 22:55
Hola buenas noches mi duda es la siguiente: el piso en el que vivo es de mi padre aún vivo y de mi madre ya fallecida.Mi padre se casó e hicieron separación de bienes.Si la casa me la deja a mí en herencia aunque quiera que la mujer viva conmigo y se haga cargo de los gastos cuando él no esté puedo negarme a que se quede a vivir en ella?
23/09/2017 10:07
Gaditanasigloxx
No te has explicado bien del todo, pienso que tu vives con tu pareja en el piso de tu padre y es tu pareja la que paga todos los gastos de la vivienda. Si os separáis podría reclamarte el dinero gastado
23/09/2017 12:04
Julianjr
No,a ver.....el piso es de mis padres,el cuando se casó de segundas (por viudedad y con separación de bienes) yo me quedé sola en el piso unos años pero el me pidió vivir aquí los 3 (cosa que permiti pk el piso es suyo).Mi duda es....si cuando él no esté quiere que viva con ella aquí y yo no quiero porque no nos llevamos bien me puedo negar o se lo tengo que permitir si lo tiene puesto en su testamento como petición y no como obligación? Gracias
23/09/2017 12:07
Gaditanasigloxx
Ella tiene su casa propia pagada y sus hijos también..... Lo que me preocupa es que el día de mañana yo me quiera traer a mi pareja a vivir conmigo y ella no se quiera ir de mi casa y tener que aguantarla
23/09/2017 14:07
Gaditanasigloxx
Al existir una separación de bienes y no figurar su nombre en las escrituras la propiedad sería íntegramente para los herederos, pero la esposa es heredera de la misma forma que tu, salvo que tu padre en el testamento opte por dejaros como herencia el piso.
Sobre los gastos que ella este asumiendo pues lo mismo, Tendríais que abonarle lo que ella aportase.
Y sobre que figure ella en el testamento, una cosa que el testador "ruege" a los herederos que la dejen vivir en esa propiedad y otra muy diferente es que le deje el usufructo o un porcentaje de la vivienda, los ruegos legalmente no obligan a nada pero el usufructo o ser copropietario es algo totalmente diferente porque serian derechos legalmente adquiridos.
23/09/2017 22:35
Julianjr
Hola, esa que vd dice(eso es despectivo y poco educado), es la esposa de su padre que se caso en segundas nupcias...es asi... con separacion de bienes..
Bueno pues si su padre no hizo testamento y por tanto ella no es usufructuaria, pero si paganini de los gastos hasta ahora, por tanto los herederos o sea vd. si no le abonan todo lo abonado hasta la fecha pues como que ella no se ira.
Y aunque vd demande , que le costara muchas euros..., el juez puede decirle a los herederos que le abonen todo lo que esa señora, que tiene todos los derechos, a pagado y ademas con los ineteres legales...
Vd vera, lo mejor es llegar a un acuerdo.....
aunque vd no la trague
23/09/2017 22:46
Antoniomajo
No ha habido ningún comentario despectivo y/o poco educado don Antonio.... Cada un@ sabe lo que tiene en casa y aún así no le falto el respeto..... Sólo quiero informarme por si el día de mañana se diera la situación.... No la dejaría en la calle si no tuviera su vivienda o hijos que la cuiden.... Lo que no me parecería lógico o justo es que si ya mi padre no estuviera en vida que ella quisiera seguir viviendo en mi casa cuando yo también al igual que sus hijos tengo derecho (e incluso más porque no llevo su sangre) de formar mi propia familia en mi hogar hasta que pueda hacerlo en una que sea de los dos
23/09/2017 23:07
Julianjr
Muchas gracias por resolver mi duda don Julián..... Nunca está de más mantenerse informada sobre ciertos temas.Lo del usufructo es lo que no entiendo cómo va,pero bueno,supongo que sí se diera el caso y pasará esto que me preocupa ya me tendría que informar de si aportó algo (que al menos gastos propios de casa como luz,agua, basura y demás no) a ver si hace trasferencias de su cuenta a la de él o algún otro método
27/09/2017 13:36
Gaditanasigloxx
Aquí se están vertiendo opiniones pero ninguna respuesta ajustada a Derecho. Contando con que estemos en un lugar donde se ha de aplicar el derecho común, diré que:

1º Cuando llegue el (esperemos, lejano) momento en que tu padre fallezca, tú serás heredera forzosa.

2º. Su mujer actual, aunque estén casados en régimen de separación de bienes, tiene derecho de usufructo sobre el tercio de mejora de la herencia.

3º. Tu padre puede haber hecho testamento y establecer expresamente el derecho de usufructo sobre la vivienda y a favor de su esposa. Si esto ocurre, la que tendría que salir de al vivienda eres tú.

4º. No obstante, dado que la esposa y futura viuda (aunque esto hay que cogerlo con alfileres, pues puede que fallezca ella antes que tu padre) no es tu madre biológica, el Código civil permite que pagues el usufructo en dinero para que no afecte a bienes de la herencia.

5º. POR NADA DEL MUNDO la esposa de tu padre tiene derecho al reintegro de lo pagado en concepto de suministros. Es un gasto que se tiene por el uso de la vivienda, por el consumo de agua, luz, gas, teléfono. Es decir, es el precio que se paga por que terceras empresas de suministros nos proporcionen todos esos servicios, y no ocasiona, para aquél que los paga, NINGÚN DERECHO DE PROPIEDAD O REEMBOLSO, pues ha consumido ese servicio también. Sería tanto como si un inquilino, cuando acaba el contrato de arrendamiento, le pidiera al propietario de la vivienda que le pagara los gastos que ha tenido de agua y luz para salir de la vivienda. NO TIENE SENTIDO, NO ES LÓGICO Y SOBRE TODO NO TIENE AMPARO LEGAL.

Quedo a tu disposición, saludos.