Hola a todos: somos tres hermanas A (yo) B y C. Mi madre ha dejado testamento a todas por igual. Pero ha hecho una donación en vida a B y C (que me lo han ocultado) en estos términos: "donación que se entiende con dispensa de colación en la herencia futura de la donante, de forma que en su herencia se imputará la donación al tercio de mejora en cuanto exceda del tercio libre". Digamos que en el banco mi madre tenía 600.000 euros y que la propiedad donada era de unos 500.000. Cómo me afecta esto en el reparto hereditario?
Mis hermanas me la han jugado?
Pues.. si la herencia es solo el dinero, serían 200.000 de legitima extricta, 200.000 de mejora y 200.000 de libre disposición. Con lo cual, y dado que la mejora y la libre disposición se puede dejar a uno de los hijos (en este caso a dos), quedarían a partes iguales la legitima estricta de 200.000,- euros.
Esta legitima extricta entre tres hermanas, te corresponden 66.666,66 euros. Es decir, si en el Banco quedan 100.000,- euros, a tus hermanas les corresponden 33.333,33 (aparte de lo donado en vida).
Pues yo lo entiendo de otra manera, en base a la mención en el testamento del tercio de libre disposición y el de mejora.
De la donación les toca a cada una de B y C 250,000€ (en principio, ya que habría que ver qué valor declararon en su día). Si estoy en lo cierto, se incluyen las casa (500,000€) y las cuentas (600,000€) en el caudal hereditario. Total 1,100,000€. Tercios de 366,667€.
El tercio de libre disposición, entre B y C, son 183,334€ cada una. Hasta los 250,000€ hay que cubrirlo con el tercio de mejora, así que toman cada una 66,666€ del tercio de mejora.
Del tercio de mejora quedan 233,334€ a dividir entre tres, y a cada una le quedan 77,778€
El tercio de legítima no se toca, y a cada una le corresponden 122,223€
O sea, a B y C les toca la casa (que equivale a 183,334€ del tercio libre 66,666€ del tercio de mejora), y del dinero les corresponde 77,778€ del remanente del tercio de mejora, más 122,223€ del tercio de legítima.
A A le tocaría el tercio de legítima 122,223€, y un tercio de lo que sobra del tercio de mejora, 77,778€ (200,000€ de las cuentas),
La madre sabía lo que hacía, y era un genio de las matemáticas!
La donación, ¿se hizo en una escritura aparte, antes del fallecimiento de su madre?.
¿Está esa escritura de donación registrada en el Registro de la Propiedad?.
¿Cuanto hace que falleció su madre?.
Muchas gracias por vuestras respuestas. LSD2, Alcanta no se ha sacado ninguna casa de la manga, fíjate en mi mensaje original. Es precisamente la casa lo que dona mi madre a mis hermanas.
Acriton: si, la donación se hizo poco antes de fallecer mi madre y se hizo constar en el reg. propiedad.
Estoy alucinada pq mi madre quería dejar a todos a partes iguales y asi lo hizo en el testamento, que es del año 2007. Pero con esta donación, todo el testamento se desvirtua y favorece a mis hermanas a costa mia.
Alcanta; es exacto, en la inscripción del reg. propiedad menciona la valoración de la casa en 500.000 y dona 250.000 indiviso a cada una (B y C). A mi (A) ni me menciona.
Entiendo que el cálculo correcto es sumar bancos 600.000 500.000 casa y eso entre tres da tercios de 366.666. El tercio libre para B y C por igual, 183.000 x 2. El resto hasta 250.000 se carga al tercio de mejora (66.666 para B y C, 133.333). Bueno, quedan de mejora 233.333 y de ahi 1/3 es para mi (A, 77.777). Luego la legítima estricta 366.666/3 = 122.222 para cada una. Es decir, me llevaría 122.222 77.777 = 200.000.
Pero creo que la donación perjudica mi legítima y deberían compensarme por ello según la ley, ¿no es así? Y otra cosa, ¿no es inoficiosa? ¿no es una forma de desvirtuar lo que quería mi madre en el testamento? Yo creo que mis hermanas la engañaron.
Pido disculpas entonces: yo había entendido que tu madre había donado 500.000 de esos 600.000 euros que había.
Siendo así, tu legítima no se ha vulnerado en ningún momento, pues tu legítima estricta es 122.222 euros. Además, te llevas de mejora 77.777, hasta los 200.000 euros. Tus hermanas se llevan su legítima estricta, 122.222 euros, además de 366.666 euros más en concepto de mejora y tercio libre, tal y como tu madre dijo sobre la imputación de la casa.
En mi caso mi padre me hizo una donación, la cuál se inscribió en el Registro con la expresa dispensa de colación en la misma escritura de la donación. Ahora mi padre ha fallecido y mi hermana reclama la vivienda que mi padre me donó en su día.
Mi pregunta es si aún habiéndose dispensado la colación, la vivienda donada se incluye para calcular la legítima.
No soy abogado. No obstante si le sirve de ayuda: No se puede donar aquello que no se pueda dejar en testamento. Quiere esto decir que una donación es un adelanto de la herencia.Que una dispensa en la colación se entiende por parte del donante como el hacer uso al derecho del tercio de mejora y al tercio de libre disposición pero que en ningún caso la colación puede ir en detrimento del tercio de la legitima. Por tanto, el valor de la casa deberán de traerlo a la masa hereditaria para hacer los cálculos de la legitima de todos los herederos. En concreto sobre su pregunta, en mi no profesional opinion, al menos en parte su hermana tiene razón.