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Herencia con albacea

3 Comentarios
 
Herencia con albacea
21/06/2016 20:51
Hace poco a muerto nuestra abuela, y ha dejado echo testamento con un albacea para hacer repartos y mediar entre las partes de la herencia.
Bueno pues se la ha comunicado en numerosas ocasiones al albacea que el acuerdo es imposible entre nosotros y mis tíos y el albacea dice que el no se va a pringar y que tenemos que buscar el acuerdo.
Quisiera saber si existe alguna forma de hacer que el albacea requiera información a la parte de mis tíos sobre los distintos bienes de mi abuela o existe alguna forma de apartar el albacea antes de cumplir su plazo que es de 2 años y 4 meses para realizar el consiguiente reparto. Gracias
22/06/2016 10:56
Si el albacea se conduce con desinterés o negligencia, pueden pedir ustedes al juez que le remueva del cargo, o bien hablar con él y que comparezca a notaría para otorgar la renuncia, expresando buenas razones para ello. Tenga en cuenta que el periodo legal de renuncia, que es de 6 días desde la muerte de su abuela, ha quedado largamente rebasado, por lo que esas son las únicas vías.
Su asunto va a acabar en guerra, si es que no ha empezado ya. Lo cual significa que han de prepararse para una larga liza en los juzgados, donde deberán pedir que el recuento, tasación y distribución de bienes se haga de conformidad con la autoridad judicial. Deberá constar la remoción del albacea, pues el juzgado solo entra si no existe éste; pero se lo pueden pedir como medida previa a su demanda de división judicial de herencia. Acudan al abogado y si vis pacem para bellum.
22/06/2016 22:36
Muchas gracias por su respuesta quería comentarle que no sólo estamos repartiendo la herencia de mi abuela sino la de mi abuelo también que no dejo testamento pero tienen un bien ganancial ¿se podría pedir el reparto judicial de esta herencia o el juez nos diría que tenemos que esperar a la actuación del albacea para disolver la sociedad de gananciales? Sin otro particular le envío un saludo y gracias de nuevo
23/06/2016 09:28
La sociedad de gananciales queda disuelta con la muerte. Eso significa que, de haber un inmueble ganancial, este pasó a dividirse en dos cuotas al 50% desde el día de la muerte de su abuelo, por lo que son dos las herencias distintas:
1º. La de su abuelo, al parecer sin testamento, rige el sistema general de porciones legítimas en sus descencidentes. La masa de la herencia es ese 50% del bien inmueble.
2º. La de su abuela, que dejó testamento, comprende el 50% del bien inmueble y lo que conste en el testamento.
Por lo tanto, ni es la misma herencia, ni hay que disolver la sociedad de gananciales, pues está disuelta ya desde la muerte de su abuelo. Contraten un abogado.