Mi cuestion es la siguiente: adjudicada la herencia a los herederos y a la viuda, todos adquieren un terreno. Son tres hijos y la viuda, dos de los hijos prefieren cobrar em metalico la parte que le corresponde del terreno y el otro hijo comprarsela a los hermanos, este hijo se queda a vivir con la viuda en el terreno, pero este cuestiona que cuando fallezca la madre los otros hijos le pueden pedir el valor del terreno. Como se podria realizar esto? puede renunciar la madre a su parte ganancial del matrimonio? Pueden los dos hijos cuando fallezca la madre pedir su legitima? Gracias
Si la madre fallece siendo copropietaria de ese terreno los hijos podrán reclamar lo que les corresponda
La solución es que la madre disponga por venta en vida y, para mayor seguridad reparta el precio entre los hijos para evitar colacionar la finca en el futuro
saludos
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El heredero (mi padre) murio sin haber investigado sobre su hermano desaparecido en Cuba desde los años 1930 mas o menos. La herencia por parte de su madre de 670 copelos en tierras de cultura y campos dejados abandonados. Ese hermano nunca mas dio novedades - suponemos que habra muerto cuando la revolution de Fidel Castro. Ninguna de su descendencia a reclamado nada.
Que podemos esperar ahora nosotros, sus sobrinos ??? Eran 3 hermanos. Es posible que se pueda ahun repartir su capital con la descendencia de los 2 hermanos ya fallecidos ???
Yo vivo en Belgica, mis padres han hemigrado en los años 1960. Que puedo esperar ???
Tambien mi padre nos dejo la casa familiar que abandono desde 1960 a repartir tambien con la descendencia de los 3 hermanos.
Quienes tengo que contactar para hacer esos tramites? Vengo de encontrar todos esos papeles en los papeles de mi madre fallecida el mes pasado.