Mi duda es la siguiente: Padre soltero, que tiene una hija, y hace testamento, tanto si contrae matrimonio como si no, deja a la madre de su hija el usufructo sobre la totalidad de sus bienes, el padre muere.
Sin embargo, hasta que su hija, la heredera instituida alcance la mayoría de edad, nombra administradoras del metálico, libretas , plazos, y cualquier producto financiero depositado en banco o caja de ahorros a sus abuelas, materna y paterna, quienes deberán actuar en sus decisiones mancomunadamente, para proteger a la menor.
LA MADRE ESTÁ DEJANDO PELADAS LAS LIBRETAS, Y EL METÁLICO EXISTENTE Y DEMÁS BIENES QUE DEBÍAN ADMINISTRAR LAS ABUELAS.
¿ EXISTE ALGÚN TIPO DE ACCIÓN PARA QUE LA MADRE DE LA MENOR CESE DE MANEJAR A SU ANTOJO LAS CUENTAS ETC Y SEAN LAS ABUELAS LAS ADMINISTRADORAS?
Sin perjuicio de la necesidad de conocer íntegramente el testamento y de saber el trámite que se dio al mismo y, además, de saber de qué zona hablamos (para saber si es o no aplicable el derecho común), puedo decirle que, conforme a éste, sí es posible que en caso de que si ese usufructo está causando grave perjuicio al propietario, se determine una variación en su disfrute.
La Comuniadad Autónoma es Aragón, cuál es el procedimiento a seguir para que la madre no pueda sacar a su antojo el dinero de las cuentas bancarias, si la voluntad del padre fallecido era que las abuelas mancomunadamente fueran las administradoras de las cuentas, qué tipo de demanda procede en un caso como este? o qué mecanismo judicial podemos utilizar para bloquear a la madre esa forma arbitraria de sacar el dinero
1 saludo
Puede instar procedimiento en tal sentido, pero para dar asesormiento completo necesitaría, como le indicaba, leer el testamento y conocer más detalles del asunto.
Quedo a su disposición,
Motta&L Abogados
Madrid
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