Te intento dar algunas explicaciones y a lo mejor eso te ayuda:
Aclararte que a partir de una norma establecida cada banco la resuelve de formas distinta. En teoría,no te tendrían que obligar a cancelar la cuenta, si bien se puede decir que es aconsejable. Lo que se establece es que una vez aportada toda la documentación de la testamentaria, el banco podría sustituir los nuevos titulares en la antigua cuenta con lo que desde ese momento tu podrías sacar el dinero, si bien eso no evitaría que tendría que ir el otro heredero a firmar el contrato como titular. Los bancos no suelen utilizar esta forma por que tiene ciertas complicaciones tanto para ellos como para el nuevo titular, lo mejor es cancelar la cuenta. En cuanto a la disposición, En teoría tu puedes disponer si habéis presentado la adjudicación de herencia y la liquidación del impuesto, ya que el banco debe de asegurar que los fondos se repartan tal como aparece en dicha adjudicación, el problema es que el banco se va a querer asegurar de dos cosas, la cancelación de la cuenta y que no se produzca desacuerdos en las cantidades cuando se realice las demás disposiciones. hay que tener en cuenta que es muy frecuente que el saldo en la cuenta sea distinto del que en su día se estableció en la adjudicación pues seguro que se han cargado recibos de luz, agua, gastos sepelio etc. Por eso el banco, para no complicarse prefiere entregar los importes todos al unisono en un solo acto y cancelar la cuenta. Por ultimo, si eres de una población pequeña o la oficina esta próxima, y según la relación que tengas con el banco a lo mejor ante esta circunstancia puedes pedir que algún empleado de la sucursal se acerque a tu casa para recoger la firma por que lo que realmente pretenden con las trabas que te ponen es cumplir con su trabajo de asegurarse que el heredero esta conforme.
Buenas tardes, mi madre falleció y tenía unos ahorros en el banco, ya tenemos el impuesto de sucesiones, testamento, etc. Somos tres hermanos, uno esta enfermo y no está en condiciones de salir de casa, queremos repartirnos el dinero del banco, pero yo lo necesito en metálico y el Banco se niega a dármelo, nos dice que podemos arreglarlo sin que mi hermano vaya, pero el dinero se transfiere a la cuenta que le facilitemos para que yo me lo lleve en metálico le obligan a ir a mi hermano. También había pensado en mantener la cuenta y no cancelarla pero el del banco nos dice que tenemos que cerrar la cuenta, alguien me puede ayudar.
Puedo obligar a que me den mi dinero en metálico y como debo actuar para ello.
Gracias