Que tal amigos me encuentro en pleno proceso de herencia abintestado, asta ahora hemos adelantado algunas partes del proceso. Como hacer la declaratoria de herederos ante notario, pedir certificados de valoración de las viviendas que entran en dicha herencia. Hací como entregar los partes de defunción al banco(esto último se tenía que haber hecho desde el fallecimiento y no 4 mese después) pero mi abogado no me comentó nada de esto. Mi pregunta es que es lo siguiente que se puede ir haciendo, también pedí un extracto bancario desde su fallecimiento que me tarda una semana en llegar. Se que todavía quedaría hacer la división y aceptación, y calcular el impuesto de sucesiones. El problema es que hay un seguro de vida que rescatar, y mi duda es que para que puedan hacer la valoración de bienes, imagino que primero tendrán que saber la cuantía del seguro de vida. Ya hace 4 meses que a fallecido mi padre, y tengo miedo de ser sancionado por excederme de los 6 meses que te da hacienda para pagar el impuesto de suceción de bienes.slds y gracias.
En principio, la liquidación de los seguros de vida se hace de manera independiente. La aseguradora te entregará un certificado donde conste el importe, pero, como te digo, no afecta a la valoración.
De todos modos, si no tienes certeza de poder cumplir en plazo comenta con tu abogado la posibilidad de pedir una prórroga (se puede hacer dentro de los cinco meses desde el fallecimiento), aun cuando luego no hagas uso de ella.
El derecho a percibir un seguro de vida se genera con ocasión de la muerte del causante pero no forma parte de su herencia. En consecuencia, no hay que incluirlo cuando se valora el activo hereditario.