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Herencia a nietos

10 Comentarios
 
Herencia a nietos
27/03/2022 17:10
Alguien me podria decir.. sobre este tema? Estoy separado, a mis hijos les a dejado su abuela por parte de la madre como herencia un 60% al niño y un 20% a la niña es decir a mis hijos, quiero saber si pueden hacer algo sus tios y su madre al respecto de esta herencia ya k no paran de hablarles sobre vender esa casa.. y ellos son menores 14 años el niño y 12 la niña.. es por saber y darles consejo, y si algo tuvieran que firmar si les puedo llevar un abogado.. igualmente me dicen los niños que de la casa se deben 20 mil de hipoteca, como se gestionaria la situacion? Muchas gracias ante todo
29/03/2022 12:09
Salvo que haya privación de patria potestad os corresponde a ambos representar legalmente a los menores. Que te cuenten el tema a ver y verás si interesa que vendan o no, si hay hipoteca y la tienen que asumir los críos (es decir, sus padres, en la práctica) puede que venderlo sea lo más razonable, pero por supuesto decidís vosotros, los dos.
30/03/2022 11:02
Osea que pueden vender, aunk los niños sean menores? Ya que a uno le han dado un 60x100 y al otro el 20x100? Y a la madre el otro 20..lo digo mas que nada por saber que ahi que hacer pork no quiero que a mis hijos se lo quiten ya que le estan llamando a mi hijo de 14 años para manipularle.. y por eso queria saber si tienen k hacer algo si yo como padre puedo ir para que no le engañen con nada.
31/03/2022 11:27
Jlaguado190
Como le han indicado, a sus hijos no pueden manipularles porque son menores de edad, y mientras usted no firme, no hay posibilidad de venta. A menos de que a Vd. le hayan privado de la patria potestad. Si ese no es el caso, hasta que sus hijos no cumplan los 18 años, no tienen capacidad de firma por si mismo, tendría que ser a traves de su madre y de Vd. ambos dos conjuntamente.
31/03/2022 12:44
No me han quitado la patria potestad, tenemos un convenio firmado, los veo mis fines de semana, vacaciones etc.. pero no tengo ningun li.ite de nada.. y sabe si la herencia tiene un plazo de ejecucion? Y quien tiene que pagar lo que quede de deuda de esa casa que me dijo el niño que son 20 mil euros. Muchas gracias por su atencion
01/04/2022 10:22
Jlaguado190
En primer lugar le sugeriría que comprobara los datos que le han dado. Con el testamento de la abuela y el libro de familia, acerquese al Banco y compruebe que deuda queda pendiente, el importe de las cuotas mensuales, todas las "posiciones bancarias", que saldo hay en la cuenta corriente... (tambien puede solicitar los movimientos de los dos últimos años).Como representante legal de sus hijos, usted tiene derecho a tener toda esta información. Podría ser que se encontrara Vd. con la sorpresa de que en las cuentas bancarias de su exsuegra hay suficiente para amortizar la hipoteca, o que tuviera un seguro vinculado por lo que a su fallecimiento quedara cancelada la deuda. Pida al Ministerio de Justicia, certificado de ultimas voluntades y seguros.
Si en el Banco le ponen alguna pega, no se enfade porque no merece la pena el sofocón. Directamente dirija escrito a la atención al cliente exponiendo la situación (que le sellen una copia para Vd.), e incluyendo la frase de que "ese escrito es un paso previo a reclamación ante el Banco de España." Ya verá como se ponen las pilas. No firme ningún documento en el que se comprometa a pagar algún importe en concepto de testamentaria, o apertura de expediente, o cualquier otra causa. Todas estas gestiones son obligación del Banco de facilitarlas SIN COSTE.

Independientemente del tema bancario, sus hijos han heredaro todos los bienes de su abuela en la misma proporción que indica el testamente, por lo que le sugeriría tambien que se acercara al Registro de la Propiedad y pidiera "indices" dando como motivo "herencia" puede pedirlo Vd. directamente con su nombre y apellido. Alli le dirán si la abuela tenía alguna otra propiedad.
01/04/2022 11:22
Deduzco que entonces si tiene efectivo en cuenta lo primero es cancelar la hipoteca por lo que me dice, y bueno pues ire dando los pasos que me a dicho usted que no son pocos, y muy importantes.. ahi lo malo que la madre de mis hijos no me permita hacer gestiones, que realmente me involucro pprque son mis hijos y estan sus tios llamandoles continuamente.. muchas gracias por la info .
02/04/2022 19:31
Jlaguado190
La madre de sus hijos no puede privarle a Vd. de sus derechos. Del mismo modo que Vd tampoco puede privarla a ella.
En cuanto al pago de la hipoteca, una vez tenga Vd. toda la información, podría ser alquilando la vivienda, y destinando ese importe a la amortización de la misma.
En cualquier caso, los datos bancarios no se los pueden negar, ni la madre ni el Banco. Le pego resolución del Banco de España (puede descargar la pagina en Internet).

BANCO DE ESPAÑA pag.544
MEMORIA DE RECLAMACIONES 2020 2. CRITERIOS DEL DEPARTAMENTO DE CONDUCTA DE ENTIDADES

En los supuestos en los que los herederos no cuentan con plena capacidad
de obrar pues, de conformidad con el Derecho Civil, si bien la
personalidad civil es inherente a la persona física desde su nacimiento,
la plena capacidad de obrar se alcanza con la mayoría de edad, el
acceso a la información debe realizarse a través de sus representantes
legales.
En este sentido, los menores de edad no emancipados, aunque tienen
capacidad jurídica, no tienen capacidad de obrar y, de la misma forma que
los incapaces, deben actuar a través de sus representantes legales. Por
regla general, serán los padres o progenitores (quienes, en principio,
ostentan la patria potestad) los legítimos representantes de los hijos
menores no emancipados y, en el caso de los incapaces, sus tutores o
cuidadores.
.........................................
Como Usted ostenta la "patria potestad" tiene el derecho y "la obligación" de velar por los intereses de sus hijos, por lo que debe recabar toda la información disponinble.
03/04/2022 03:01
Hola 1996 @, lo primero garcias por tu tiempo, por lo k e leido usted lonque quiere decir es k yo puedo ir al banco a pedir digamos informes de su abuela no,? Pero para eso imagino que debo de presentar lo primero algo k ddmuestre k mis hijos son herederos de una parte , que cfeo kneso sera imposible de conseguir pork ya seria meterme en temas familiares de la madre.
03/04/2022 11:58
Jlaguado190
La madre es heredera, pero tambien lo son sus hijos. Consiga el certificado de defunción de la abuela, el de ultimas voluntades y seguros, y presentese en la Notaria que conste en el Certificado de ultimas voluntades acreditando ser el padre de sus hijos, y le entregarán copia del testamento.
Con esa documentación, el Banco tiene la obligación de entregarle la información que le hemos comentado de la abuela, ya que Vd. tambien tiene la obligación de velar por los intereses de sus hijos.
No son temas de la madre, son temas de sus hijos.
Este es nuestro asesoramiento, ahora Vd. actue según su conciencia.
04/04/2022 13:24
Y donde consigo el certificado de defuncion? Y las ultimas voluntades? Disculpeme las preguntas pero nunca habia pasado por alho asi.. y muchas gracias ppr toda la ayuda y la imformacion.