Mi esposa y yo disponemos de testamentos individuales siendo entre nosotros herederos universales cuando uno de los dos fallezca.
"testamento del uno para el otro"
Mi pregunta es:
Cuando uno de los dos fallezca disfrutará del usufructo de la vivienda habitual ¿Podrà el viudo-a cambiar su testamento y dejar como futura heredera universal a su nieta que recientemente perdió a su madre por fallecimiento?
¿Qué trámites deberá hacer el viudo-a?
Ha hecho usted una interpretación incorrecta de lo que ha leído por aquí: los casos de desheredación también comprenden la legítima. Una cosa es reducir la porción testamentaria a la legítima estricta y otra cosa distinta es lo que planteaba usted en su primera entrada: la desheredación. Si lo que quiere su tío es desheredar a su hija, puede constituir el usufructo sobre la vivienda en los términos que usted menciona en su pregunta. Pero si lo que quiere es respectar la parte legítima de su hija, no se puede gravar con un usufructo (ni con ninguna otra carga) la misma, que es en concreto la cuarta parte de la tercera parte.
Muchas gracias por su respuesta, por lo que he estado leyendo por aquí parece ser que la legítima no se le puede quitar, pero la pregunta que yo hago es más concreta: es su dentro del concepto heredero universal entra el usufructo vitalicio de la casa de mi tío a los tres hijos restantes ( aunque al final solo viva uno de ellos con el beneplácito de los dos restantes) o hay que poner esa decisión también en el testamento, gracias.
Suponemos que su pregunta es si puede el señor desheredar a su hija. Sí que puede, en su testamento (como es lógico) sin aducir más razones que una falta de conexión afectiva y atención. Será ella, en su caso, quien tenga la carga de la prueba, a fin de demostrar que las razones de su exclusión testamentaria son falaces.
Hola, mi tío tiene 4 hijos, su mujer falleció y tenían testamento hecho de manera que cada uno legaba su parte a los hijos y el usufructo al cónyuge vivo. Después de este hecho y por haber ayudado económicamente a un hijo en precario una de las hijas se ha apartado casi totalmente de núcleo familiar, no va a verla, no lleva a los nietos, vamos como si mi tío no existiese, por lo que este hombre está sufriendo muchísimo y está muy triste. Ha pensado en hacer testamento y dejar herederos universales a los 3 hijos que están cuidandolo y atendiendolo, y desheredar a la hija que no se habla con nadie, pero creo que aquí en este país está prohibido. Uno de los hijos no tiene casa porque tuvo que venderla porque se quedó sin trabajo y no podía pagsrla y esto le preocupa a su padre, que quiere saber si nombrando herederos universales a los hijos dentro de este concepto entra el uso y disfrute de la casa familiar, ya que los otros hermanos están de acuerdo con que llegara el caso viviera este hermano el tiempo que haga falta, aunque ellos tengan también el mismo derecho, gracias.