Buenos días:
En un testamento con cónyuge e hijos se deja el usufructo vitalicio de todo al cónyuge y se dice que todos los hijos son herederos por partes iguales pero también se especifica que a uno de los hijos se le deja la nuda propiedad del tercio de mejora y de libre disposición.
¿Sería correcto entender entonces que cada uno de los hijos lo que heredan es la nuda propiedad de la legítima estricta a excepción de uno de ellos que además de lo anterior le corresponde la nuda propiedad de mejora y libre disposición?
Gracias anticipadas
Es que , aunque no conozco estos temas, eso es lo que me está pareciendo.
Que los que no reciben más que su legítima estricta, no pierden nada por oponerse a la voluntad del fallecido.
El testamento dice que los que se opongan a esa voluntad sólo recibirían su legítima estricta.
Pero me tranquiliza tu opinión porque me lo confirma.
buenos días,
a mi hay notarios que me dicen que no se puede dejar la legítima estricta mediante la nuda propiedad de nada, que la legítima estricta ha de dejarse en propiedad plena, pero otros notarios me dicen que sí se puede. Así que sigo sin saberlo y, además, no entiendo cómo puede haber este desmadre en cosas tan serias, ...
No se trata de matrimonio, sino de hijos que heredan de los padres habiendo un hijo que es heredero universal: ¿los otros hijos pueden heredar la nuda propiedad de algo, aunque luego pidan la plena propiedad por estar en su derecho, en cuyo caso ya se vería; o, como dicen algunos de los notarios consultados, eso de heredar las legítimas mediante la nuda propiedad no se puede ser? (se entiende que se hace eso para que no se pierda el patrimonio familiar, que es lo que ocurriría de venderse ...)