Hola de nuevo,después de mucho tiempo a ver si alguien me puede ayudar.
Herede de mis padres una casa que en su día era parcela indivisa,(como no llegaban los m2 suficientes para poder segregar en varias sub parcelas se hizo una división horizontal para de esta forma que yo otros propietarios nos adjudicarsemos por lo menos una casa y parcela) el resto de parcela se quedo a nombre de otro familiar. Ahora este otro familiar a fallecido y los herederos del mismo quieren segregar para vender su parte. Pueden estos herederos obligarnos a nosotros segregar?? Si yo no voy a lucrarme de esa venta ni voy a obtener nada dela decisión que quieren tomar yo puedo negarme a que lo hagan? O en cuyo caso si les dejo segregar para que vendan su parte puedo exigirles que si yo he de de pagar algo por esa segregación lo asuman ellos?? Pues son ellos los que van a obtener el beneficio de esa venta.
La parcela de la que usted habla no existe, pues la absorbió la división horizontal. En el caso de que sí que haya existido como finca independiente, no tienen nada que segregar, pues ya está segregada.
Hola muchísimas gracias por su respuesta.
Le aclaro por si acaso no me he explicado bien.
Era una parcela de 2900 m2 con 2 casas y unos campos. El problema en su día fue que entre casa y casa no llegaban a haber 500m2 de parcela para poder hacer una segregación (división vertical). Por lo tanto se hicieron 2 divisiones horizontales
1era div. Horizontal 1 casa de 90m2 con parcela de 420m2
2 da div. Horizontal otra casa 90m2 con 300m2 parcela.
3 era div horizontal otra casa de 90m2 con 330m2 parcela.
4 div. Horizontal otra casa de 100m2 con 1500m2 de parcela
Se registró todo en registro propiedad pero no en el catastro,por lo que hasta el momento llega aún un único ibi.
Bien pues hace un año fallecido el titular de la cuarta casa al tener 1800m2 de parcela ,es la única que podría segregarse. El problema está ahí. Ahora los herederos quieren segregar la última casa del resto para venderla.
Pueden obligarnos a los otros propietarios a segregar¿?. O ni si quiera tenemos los demas nada que ver con lo que ellos hagan con sus terrenos aunque todo por el momento en el catastro sea una única finca registral (lo cual vamos ha arreglar ya, el tema del catastro)
Si está usted planteando un problema de inscripción catastral, no tienen más que llevar las cuatro escrituras y solicitar una modificación, rellenando el modelo correspondiente. Es un mero acto administrativo bastante sencillo. Si la parcela número 4 estaba a nombre del fallecido en el Registro de la Propiedad, la misma pasa a sus herederos sin que nadie más tenga nada que ver. Si esa parcela está a nombre de otras personas, además del fallecido, NO se puede hacer nada con esa propiedad a no ser que medie un permiso expreso del resto de los propietarios o una disolución judicial de condominio.
Gracias por todo
era una única parcela que teniamos en proindiviso y como en su día no se pudo segregar porque no llegábamos a los m2 que se exige entre casa y casa por parte del ayuntamiento para poder hacerlo Pues para arreglarlo de una única parcela se hicieron varias divisiones horizontales tumbadas.
Así cada uno podía adjudicarse el 100 % de cada sub parcela con su casa dentro de la parcela de 2800m2
Tan solo había una de las viviendas que si cumplía el requisito para poder segregar que es la que se quedó con casa y unos 1300m2 de parcela. Pero aún así se hizo esa también como division horizontal tumbada
Y por lo tanto esta es la vivienda q ahora sus propietarios quieren segregar de la parcela única que tenemos entre todos y venderla.
Pueden obligarnos al resto a firmar segregación para ellos dejar de formar parte de la propiedad horizontal tumbada y así vender su parcela.?? Y en caso de que puedan obligarnos al resto de propietarios tenemos que pagar lus costes de esa segregación? Cuando nosotros no vamos a vender nada y por lo tanto no vamos a obtener ningún beneficio de todo esto??