HOla amigo, mi duda es la siguiente, se trata de mi ex-mujer.. hace unos días falleció su novio por accidente, y el tema es el siguiente: el estaba tramitando el divorcio (estaba separado legalmente), este se presentó el año pasado pero aún no era firme por problemas internos del juzgado, o ya se sabe, estas cosas van despacio, el caso es que ahora su ex-mujer reclama todas las pólizas de vida, todas las indemnizaciones del accidente etc... con su pareja (mi ex) no estaban registrados como pareja de hecho, vivian en el mismo domicilio, cuentas en común etc.. el tenia 2 hijos.. y padres en vida, en los seguros de vida no ponia como beneficiario a su novia , que creo que como mínimo deberia haberse tenido ¿no?.. (no se si esto sirve de algo), en resumidas ctas. una persona que tiene en trámite el divorcio, que vive estable con su nueva pareja, que tiene 2 hijos, se MUERE y encima la ex-mujer reclama todo de todo ??.. esto es así?.. no se.. si alguien conoce de experiencias tan nefastas que nos explique un poquito.. Gracias - Saludos.. si me falta algo ya lo explicaré con más detalle...
Las pólizas tienen un beneficiario, será para quien esté dispuesto como tal. Si en la misma se indica que es para los herederos legales, se aplicará como el conjunto de bienes que tenga, y dependerá de si tiene o no testamento, de la comunidad autónoma donde resida, etc.,
Y teniendo hijos si no hay testamento, es todo para los hijos.
En las pólizas no hay beneficiario, solo pone herederos legales, ya sabes, la de la moto, un seguro de vida que el tenía, etc... No tenia testamento. ¿quieres decir que todo es para los hijos?.. y que la ex que le hacia la vida imposible se queda con todo ?.. que pasa con sus padres..¡¡ y con su pareja ??... Si yo por ejemplo pongo en un seguro de vida ,en el del coche , en el de la moto..en el que sea..como beneficiaria mi pareja , ella sería la que cobraría ??... o habriamos de hacer testamento.. el testamento está por encima de todo ?.. lo que llaman la legítima como se repartiría.. uf.. demasiadas preguntas paquito.. gracias por tu respuesta. ¡¡ Saludos
Si esta en vecindad comun, no ha hecho testamento y en las polizas de vida no se especifica mas que herederos como beneficiario, son los hijos los unicos herederos para nada su ex que ni tan siquiera usufructuara el tercio de mejora.
Un saludo
Pero si los hijos son menores de edad, ese dinero se queda de alguna forma congelado hasta la mayoría de estos ?... los padres y la pareja actual entonces se quedan fuera de todo... ¡¡ Gracias
Sí, así es... si no hay testamento, es todo para los hijos. Los padres o el cónyuge van detrás de los hijos y sólo heredan (salvo testamento) si no los hay.
En mi caso si hago testamento, por ejemplo, y digo: beneficiaria de todos mis bienes mi pareja, e hijos por este orden.... se cumple así la ley??.. Me ha parecido oir por ahí (no me hagais mucho caso) que si se va al notario y se redacta un dcto. argumentadno como beneficiario cada uno de los que forman la pareja, es factible.. o esto es testamento... ?.. la legitima , ese tercio de que se habla, aun habiendo testamento se ha de asignar??... Gracias.. NUnca pensamos en estas cosas hasta que pasan cosas desagradables en la vida y luego nos arrepentimos de no haber tomado las medidas oportunas.. ¡¡
Se me olvidaba... si el beneficiario es otro que el heredero legal, lo que pague el seguro será para el que esté designado como beneficiario, no al heredero legal.
Una cosa es la herencia, otra un seguro que es un contrato privado que se puede designar a quien se quiera como beneficiario y que no entra en la herencia, pues es una indemnización al beneficiario, y no un bien del fallecido.
Aunque si se designa como beneficiario al heredero legal, pues coincide, pero son dos cosas distintas, heredar los bienes del padre al fallecer, y recibir una indemnización por el fallecimiento.
Si eso es así Paquito.... será conveniente en todos los seguros de vida que por ejemplo yo tenga, y de moto y coche nombrar como beneficiaria a mi actual pareja... ¿no?.. Gracias.. creo que está todo muy claro..
A ver, si haces testamento se repartirán tus bienes según designes, pero hay límites para ello.
Explicándolo de manera sencilla, el tercio de la legítima no lo puedes disponer, es para el heredero legal prioritario, por narices (si los hay, los hijos).
El tercio de mejora lo puedes disponer de entre los herederos legales, ya sean los hijos, el cónyuge o los padres.
El tercio de libre disposición que lo dejas a quien quieras, emparentado o no.
Luego aparte de eso puedes designar el usufructo de tus bienes, que se hace en general, al cónyuge. La propiedad pasa a los hijos, por ejemplo, pero el cónyuge del fallecido tiene derecho vitalicio al uso.
Pero para complicarlo más, hay comunidades autónomas y territorios forales con un régimen específico de sucesiones. O sea, que depende dónde vivas.
ok ¡¡ en Valencia concretamente...
Inicialmente se trata de poner los seguros (motos - coche) y las pólizas de vida a mi pareja actual como beneficiaria. Está todo muy bien explicado paquito, deduzco que eres/sois abogado/s..claro.. Mil gracias amigos..