Muchas gracias, Nefernefari. ¿Me puedes explicar, por favor, qué significa lo del usufructo de por vida del tercio de mejora? ¿es eso independientemente del régimen matrimonial que tengas, separación de bienes o bienes gananciales? Creo que me estoy liando...
Si teneis separacion de bienes, y el piso que posee cada uno, ha sido comprado anterior al matrimonio, teneis ambos, como herederos legales, el hijo de cada uno, sin contar los herederos ascendentes que serian vuestros padres.
Entre vosotros necesitais realizar testamento, os podeis legar cada uno al otro la parte de vuestros bienes, quitando la legitima que es de los hijos de cada uno, mas el tercio de mejora, podeis testaros el uno al otro el tercio de libre disposicion para el otro, a parte si estais casados tambien tenesi derecho cada uno por matrimonio al usufructo de por vida del tercio de mejora.
Esto sin hablar del piso que ocupais como vivienda familiar, porque no dices la edad de vuestros hijos, y con quien viven, aunque esto mas bien seria un tema en caso de separacion, por lo de la vivienda familiar en caso de que haya hijos sin independizar en ella.
Buenas tardes.
Tengo una duda: ¿quienes son los herederos legales de una pareja casada en régimen de separación de bienes? Cada uno de ellos tiene un hijo de una relación anterior y cada uno está pagando su propio piso, siendo uno de ellos la vivienda familiar. En caso de que uno fallezca, ¿es heredero de algo -uso, usufructo, o lo que sea- el cónyuge superviviente?
Muchísimas gracias anticipadas por vuestra atención.