hola, alguien puede decirme si el conyuge viudo, que estuvo casado en regimen de separacion de bienes, tiene derecho a la cuota viudal usufructuaria tras la muerte del otro conyuge. Os agradecere opiniones.
El tipo de régimen económico del matrimonio es una cosa y el derecho a la legítima viudal otra muy diferente. Ninguna relación existe entre ambas figuras y ninguna incidencia tiene el uno sobre la otra. Por lo tanto el cónyuge viudo con independencia del régimen económico que se estableció en el matrimonio tiene derecho a sus derechos sucesorios en la herencia de su difunto esposo, derechos éstos que, dejando a salvo disposiciones testamentarias concretas, vienen regulados en los arts. 834 a 840 del Código Civil.
Alegato, gracias por tu respuesta. En realidad pensaba si habria algun argumento que abonara lo contrario, ya que como sabes la demanda de separacion elimina tambien la cuota viudal.
Las legitimas estan muy enraizadas con el derecho romano, y la sociedad de gananciales. La separacion de bienes viene del modelo anglosajon.
De todas formas muchas gracias por tu opinion.
Un saludo