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Herederos extranjeros.

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Herederos extranjeros.
21/03/2019 00:58
Hola a todos.

Paso a explicar lo más resumidamente posible el caso.

Un terreno con casas en ruinas pertenece a dos personas. Estas personas mueren y los hijos se hacen cargo. Lo venden y se reparten el dinero, sin embargo, no hacen cambio de nombre. Muy mal.

Bueno, a día de hoy, el propietario quiere vender, y se encuentra conque, al no tenerlo a su nombre, no puede, y pide a los herederos que, por favor, hagan un escrito rechazando la herencia par poder hacer el cambio de nombre.

Como uno de estos hijos ya falleció, los hijos, ergo nietos de los propietarios, son los herederos, pero éstos son nacidos fuera de la UE.

Lo que ocurre es que, sus documentos de identidad no son válidos en España, aquí se pueden ver dos artículos que tratan el caso:

***

El art. 153, que lleva al 163 donde se especifica que se puede hacer con huella dactilar y foto.

Pues bien, la notaria que lleva el tema, no le da la gana, y no sólo les pide un DNI a los herederos sino que pide el NIE a los cónyugues.

Un hecho es que, ni DNI ni NIE pueden ser tramitados en el consulado de su país, sí el pasaporte. Sin embargo, sólo uno de los hijos tiene la doble nacionalidad y pasaporte tramitado.

Aquí hay dos cuestiones. Primero el tema de las exigencias para que alguien que no tiene culpa, estos herederos, tengan que hacer trámites para simplemente rechazar una herencia.

Por otro lado está la notaria, que no sólo no ayuda, sino que cuando se le pregunta por costas, no le da la gana de pasar un valor, su minuta.

A mi me parece que el mayor problema en esta historia es la notaria, pero si, decidieran cambiar de persona, es probable que ésta reclame igualmente su minuta.

Qué se puede hacer para solucionar esto de la mejor manera?

Gracias por la atención.


P.D: Dicho sea de paso, estoy mediando por ser el único en esta historia que habla idiomas, aunque no me toca directamente por ningún lado.