Esos parientes heredan de quien murió sin aceptar ni renunciar la herencia y no del causante original. Heredan el derecho a heredar, el llamado ius delationis, y les corresponde repartirse la cuota que hubiese correspondido a los hermanos del fallecido, puesto que concurren por estirpes. Los primos heredan por derecho propio, pero han de repartir con los descendientes de los hermanos.
Hola, herencia intestada, quedamos 4 primos hermanos y los herederos de hermanos fallecidos (después del causante sin aceptar ni repudiar), considero que éstos son quinto grado y ya no tienen derecho a la herencia. Estoy en lo cierto o siguen teniendo derecho por transmisión. Gracias