¿Me puedes aclarar eso de "si es identificable valdrá la institución"?
Lo digo por que a mí el dato que me ha llegado, procedente de un notario por cierto, es que si especifica la población hay que buscar a la congregación allí donde se indica.
Es un problema de identificación del heredero, si es identificable valdrá la institución, y si no, no es válida y procedería abrir la sucesión intestada.
La ONG (congregación de monjas) en cuestión no existe o mejor dicho, en el testamenteo especifica claramente el nombre de esa congregación y la localidad exacta y en esa localidad no existe esa congregación aunque si pueda existir en la capital de la provincia.
Por lo que me han explicado, si especifica la localidad tiene que ser de esa localidad y no vale otra. Suponiendo esto, mi duda viene en como sería el trámite de la partición de la herencia.
¿Se necesita ir al juez para declarar a ese heredero como "desconocido" o se puede hacer en la notaría?
El legitimario no heredero no se subroga en las deudas hereditarias, no respondiendo personalmente de ellas, si bien éstas le afectan en cuanto suponen una disminución de su cuota legitimaria.
En relación a la legítima, comentarte que habría que hacer un cuaderno particional donde se llevará a cabo un inventario de los bienes de la herencia con su respectiva valoración y posteriormente se repartirá proporcionalmente entre los herederos.
Con la aceptación de la herencia, se hereda tanto los bienes como las deudas y cada uno en su proporción.
Si necesitas más información, no dude en llamarnos al 91.842.47.47 y le asesoraremos personalmente sin compromiso.
Hola, quería a ver si me podían aclarar dos dudas ante el testamento de mi padre. Decir que soy hijo único lo primero.
Lo primera es sobre las deudas.
A mí me "lega a su hijo, la legitima que le corresponde con arreglo al código civil" mientras que a una ONG la "Instituye heredera universal de todos sus bienes, derechos, y acciones, presentes y futuras"
No hay más claúsulas. ¿Con ese testamento quién se tiene que hacer cargo de saldar las deudas que mi padre tenía? ¿el herededo universal o simplemente a "repartir" entre las partes?
Y la segunda pregunta sería cual es la legítima que dicta la ley para este caso.